El 31 de diciembre de 2026 es una fecha que no admite prórrogas: todo lo que no se ejecutó dentro del ejercicio fiscal simplemente no puede aplicarse retroactivamente. La planeación fiscal de cierre consiste en identificar, antes de que termine el año, las estrategias legalmente permitidas por la Ley del ISR (LISR), el Código Fiscal (CFF) y la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para optimizar la carga impositiva. No se trata de evadir: se trata de ejercer correctamente los derechos que el propio sistema fiscal otorga a los contribuyentes. Esta guía presenta las 10 acciones más importantes que pueden aplicarse entre agosto y diciembre de 2026 para reducir legalmente el ISR que tu empresa o tú como persona física pagarán en la declaración anual.

1. Amortizar las Pérdidas Fiscales Pendientes (Artículo 57 LISR)

Si tu empresa generó pérdidas fiscales en ejercicios anteriores y no las has amortizado, este es el momento de verificar cuánto tienes disponible. El artículo 57 de la LISR permite amortizar pérdidas fiscales de hasta diez ejercicios anteriores, actualizadas por inflación (INPC). La regla crítica es que si en un ejercicio tienes utilidad suficiente para absorber la pérdida y no lo haces, pierdes el derecho definitivamente por la parte que pudiste haber deducido. Para el cierre de 2026, revisa el saldo de pérdidas fiscales pendientes de amortizar de los ejercicios 2016 a 2025, actualizadas al último índice INPC disponible. Si proyectas una utilidad fiscal para 2026, aplica las pérdidas antes de calcular el ISR del ejercicio. Recuerda que las pérdidas sólo pueden amortizarse contra utilidades del mismo tipo de actividad. Para más detalle sobre este tema, consulta: Pérdidas Fiscales en México 2026: Cómo Amortizarlas Correctamente y Actualizarlas por Inflación.

2. Solicitar la Disminución de Pagos Provisionales de ISR (Artículo 14-A LISR)

Si tus pagos provisionales mensuales de ISR están siendo mayores a la carga fiscal que proyectas para el ejercicio completo —porque tuviste un primer semestre atípicamente bueno o porque el coeficiente de utilidad de 2024 es mayor que tu utilidad real de 2026—, puedes solicitar al SAT la reducción del monto de los pagos provisionales. La solicitud debe presentarse a más tardar el último día del mes inmediato anterior al período por el que se solicita la disminución. Esto significa que para aplicar la reducción en los pagos de agosto a diciembre, la solicitud debe presentarse durante julio o agosto respectivamente. La reducción permite mejorar el flujo de efectivo en el segundo semestre sin esperar al saldo a favor de la declaración anual. Para conocer el proceso completo de esta solicitud, consulta: Disminución de Pagos Provisionales de ISR 2026: Cómo Solicitar un Coeficiente de Utilidad Menor.

3. Anticipar Gastos Deducibles del Siguiente Ejercicio

Muchos gastos que estaban planeados para los primeros meses de 2027 pueden anticiparse a diciembre de 2026 si se pagan efectivamente antes del 31 de diciembre y se obtiene el CFDI correspondiente en el mismo período. Gastos de mantenimiento y reparaciones, primas de seguros anuales, servicios de consultoría, capacitación, honorarios profesionales y gastos de publicidad son ejemplos de erogaciones que pueden adelantarse legalmente. Requisitos básicos: el gasto debe estar estrictamente indispensable para la actividad, el CFDI debe estar efectivamente pagado antes del 31 de diciembre (no solo emitido), y debe registrarse contablemente en el ejercicio 2026. La anticipación de gastos reduce la utilidad fiscal del ejercicio que cierra y mejora el coeficiente de utilidad para 2027.

4. Inversión en Activos Fijos: Deducción Inmediata en Zonas de Estímulo

Las empresas que operan en zonas con estímulos fiscales —como la Zona Libre de la Frontera Norte o Sur— pueden aplicar la deducción inmediata de inversiones en activos fijos nuevos conforme a los porcentajes del artículo 56 de la LISR, que van del 74% al 98% del monto de la inversión, dependiendo del tipo de activo. Para empresas fuera de zonas de estímulo, la deducción de activos fijos aplica mediante los porcentajes anuales del artículo 34 de la LISR. En ambos casos, la inversión debe realizarse antes del 31 de diciembre de 2026 y el activo debe estar en servicio dentro del ejercicio para generar la deducción en 2026. Es importante analizar si conviene más deducir de forma inmediata o diferida según la proyección de utilidades de los próximos ejercicios. Para los estímulos fiscales de zona fronteriza, consulta: Zona Libre Frontera Norte y Sur 2026: Guía Completa de Estímulos Fiscales.

5. Revisar y Maximizar las Deducciones Personales (Personas Físicas)

Para personas físicas, el límite global de deducciones personales en 2026 es de $206,418.60 pesos (5 UMAs anuales) o el 15% de los ingresos anuales, lo que resulte menor. Dentro de ese límite entran: gastos médicos y dentales, honorarios médicos, primas de seguro de gastos médicos mayores, intereses de crédito hipotecario, gastos funerarios y aportaciones voluntarias a la AFORE. Las colegiaturas son un estímulo adicional independiente que no entra en ese límite: preescolar hasta $14,200, primaria $12,900, secundaria $19,900, bachillerato $24,500 por alumno. Antes de cerrar el año, verifica qué gastos te faltan por alcanzar el límite y si conviene realizarlos todavía en 2026. Para la guía completa de deducciones personales: Deducciones Personales ISR 2026: Guía Completa de Gastos Médicos, Colegiaturas y Seguros.

6. Aportaciones Voluntarias a la AFORE y Planes de Pensiones

Las aportaciones voluntarias a la AFORE son deducibles de ISR hasta el 10% de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio, con un límite de 5 UMAs anuales ($206,418.60 pesos en 2026). Para personas físicas con ingresos medios y altos, esta puede ser la deducción personal más eficiente: además de ser deducible, los rendimientos generados en la AFORE están exentos de ISR hasta el momento del retiro. La aportación debe realizarse antes del 31 de diciembre y reflejarse en el estado de cuenta de la AFORE del mismo ejercicio. Las aportaciones a planes de pensiones privados con deducción (como los de instituciones financieras autorizadas por el SAT) tienen un límite separado del 10% del ingreso acumulable.

7. Regularizar Adeudos Fiscales Antes del 31 de Octubre

El Programa de Regularización Fiscal del SAT 2026 vence el 31 de octubre. Si tienes adeudos de ISR, IVA u otros impuestos correspondientes a 2024 o ejercicios anteriores, este programa permite eliminar hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución, pagando únicamente el adeudo principal. Regularizar antes del cierre del ejercicio tiene doble beneficio: evita que el adeudo pase a embargo y permite registrar el pago como gasto deducible en 2026 si el tributo pagado tenía naturaleza deducible. Los adeudos no regularizados generan recargos automáticos y pueden convertirse en embargo de cuentas o bienes. Para conocer todos los requisitos del programa: Programa de Regularización Fiscal SAT 2026: Guía Completa para Eliminar hasta el 100% de Multas y Recargos.

8. Revisar la CUFIN y Planear la Distribución de Dividendos

Si tu empresa tiene utilidades acumuladas y hay socios que quieren retirar dinero, la forma en que se hace —y cuándo— tiene un impacto fiscal directo. Los dividendos distribuidos con cargo a la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN) que provienen de utilidades generadas hasta 2013 no causan ISR adicional al nivel corporativo. Las utilidades generadas desde 2014 tienen una retención adicional del 10% de ISR. Planear la distribución en diciembre de 2026 en lugar de esperar a 2027 puede tener sentido si el socio proyecta mayores ingresos personales en 2027 que lo harían caer en un tramo impositivo más alto. Para la guía completa de dividendos y CUFIN: Distribución de Dividendos e ISR 2026: CUFIN, Retención del 10% y Piramidación.

9. Donativos Deducibles a Instituciones Autorizadas

Los donativos en efectivo o en especie otorgados a instituciones autorizadas por el SAT son deducibles para efectos de ISR, con un límite del 7% de la utilidad fiscal del ejercicio anterior para personas morales (o del 15% de los ingresos netos para personas físicas bajo ciertas condiciones). El donativo debe realizarse antes del 31 de diciembre, obtenerse el CFDI de donativo correspondiente (que debe expedirlo la institución receptora con los datos correctos) y verificarse que la institución esté vigente en el padrón de donatarias autorizadas del SAT al momento de la donación. Los donativos a instituciones no autorizadas —aunque sea a causas legítimas— no son deducibles. Verifica el padrón actualizado en el portal del SAT antes de realizar la donación.

10. Actualizar el RFC y Eliminar Inconsistencias antes del Cierre

Una auditoría o revisión del SAT que comience en enero de 2027 puede enfocarse en el ejercicio 2026, y cualquier inconsistencia que exista hoy en tu expediente fiscal puede convertirse en un problema mayor. Antes del cierre del año, realiza una revisión preventiva de: domicilio fiscal actualizado y verificable, regímenes fiscales activos correctos para las actividades que realizas, obligaciones cumplidas (DIOT, contabilidad electrónica, declaraciones informativas), que no existan diferencias entre CFDI emitidos y los montos declarados en ISR e IVA, y que tus proveedores más relevantes no estén en listas negras del SAT. Si tu empresa tiene actividades nuevas en 2026 que no estaban registradas en el RFC (comercio electrónico, prestación de servicios digitales, actividades con plataformas de terceros), el momento de regularizar es ahora: hacerlo voluntariamente tiene consecuencias menos graves que ser detectado. Para revisar las conductas que activan auditorías, consulta: Las 11 Conductas que Activan una Auditoría del SAT en 2026.

El Momento de Actuar es Ahora: Por Qué Agosto es Clave

Muchas de estas estrategias requieren tiempo de implementación. Las solicitudes de disminución de pagos provisionales tienen plazos específicos. La regularización de adeudos vence el 31 de octubre. Las inversiones en activos fijos deben estar en servicio antes del 31 de diciembre. Los donativos y aportaciones a la AFORE deben procesarse antes de que cierren los ejercicios fiscales y los sistemas bancarios en las últimas semanas del año. Esperar a noviembre o diciembre limita las opciones y aumenta el riesgo de errores por presión de tiempo. La planeación fiscal efectiva se hace con cuatro a cinco meses de anticipación al cierre del ejercicio, no en las últimas semanas. En Carbajal Contadores realizamos diagnósticos de planeación fiscal de cierre para personas físicas y morales: análisis de la situación fiscal actual, identificación de deducciones no aprovechadas, revisión de pérdidas fiscales, proyección del ISR anual y estrategias específicas según tu actividad y nivel de ingresos. Contáctanos o cotiza en línea.

Artículos Relacionados

🔒 Suspensión del CSD 2026: Nuevas Causales del SAT y Cómo Proteger la Facturación de Tu Empresa

💼 Cuotas Patronales IMSS 2026-2030: El Incremento Progresivo en Cesantía y Vejez

📉 Pérdidas Fiscales en México 2026: Cómo Amortizarlas y Actualizarlas por Inflación

💰 Disminución de Pagos Provisionales de ISR 2026: Cómo Solicitar un Coeficiente de Utilidad Menor

🎁 Renuncias Recaudatorias 2026: Los Beneficios Fiscales que el Estado Deja de Cobrar y Cuáles Puede Aprovechar Tu Empresa

📋 Deducciones Personales ISR 2026: Guía Completa de Gastos Médicos, Colegiaturas y Seguros

💼 Distribución de Dividendos e ISR 2026: CUFIN, Retención del 10% y Piramidación

Programa de Regularización Fiscal SAT 2026: Elimina hasta el 100% de Multas — Plazo Vence el 31 de Octubre

La información de este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y divulgativo. No constituye asesoría contable, fiscal ni legal. Las estrategias de planeación fiscal mencionadas se basan en disposiciones vigentes de la LISR, CFF y RMF 2026, que pueden ser modificadas por publicaciones en el DOF. Los límites de deducciones, plazos y requisitos específicos dependen de la situación particular de cada contribuyente y del tipo de régimen fiscal. Cada estrategia debe analizarse con un especialista fiscal antes de su implementación, considerando el impacto total en la situación fiscal de la empresa o persona física. ¿Quieres una revisión personalizada de planeación fiscal para el cierre 2026? Contáctanos para asesoría.