📊 RESICO · Personas Físicas · 2026

Calculadora de ISR RESICO

Régimen Simplificado de Confianza · Art. 113-E LISR · Tasas vigentes 2026

$

Escribe el total de tus ingresos facturados en el período, sin incluir IVA.

ISR RESICO a pagar al SAT
$0.00
Tasa aplicada: 1.00%
Ingresos del período
$0.00
Base de cálculo
Tasa RESICO
1.00%
Sobre ingreso total
IVA a trasladar a clientes
$0.00
16% del ingreso sin IVA
Total a facturar
$0.00
Ingreso + IVA trasladado
📅 Proyección anual (si se mantienen los ingresos)
Ingresos anuales estimados$0.00
ISR anual estimado$0.00
Límite RESICO ($3.5M)✅ Dentro del límite
Ingreso neto anual (después de ISR)$0.00
📋 Tabla oficial de tasas RESICO PF 2026 (Art. 113-E LISR)
Ingreso mensualTasa ISR
Hasta $25,000.001.00%
De $25,000.01 a $50,000.001.10%
De $50,000.01 a $83,333.331.50%
De $83,333.34 a $208,333.332.00%
Más de $208,333.332.50%
🧾
¿Qué incluye el RESICO?
El ISR se calcula sobre tus ingresos totales sin deducciones. A cambio, la tasa es muy baja. También debes declarar y pagar IVA por separado.
📆
¿Cuándo pagar?
Los pagos provisionales de ISR RESICO se presentan a más tardar el día 17 del mes siguiente al período que se declara, vía el portal del SAT.
⚠️
Límite de ingresos: $3.5M
Si tus ingresos anuales superan $3,500,000, dejas de poder usar RESICO y deberás migrar al Régimen de Actividad Empresarial.
🏢
¿Quién no puede tributar en RESICO?
Entre otros, los socios o accionistas de personas morales, los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México y quienes tengan ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes (Art. 113-E LISR).
⚠️ Esta calculadora es una estimación orientativa basada en las tasas del Art. 113-E LISR vigentes en 2026. El cálculo real puede variar según el período de pago, ingresos acumulados, IVA acreditable, pagos provisionales anteriores y otros factores. Consulta a un contador para tu situación específica.

¿Quieres que un contador revise tu situación?

Te orientamos sobre si RESICO es tu mejor opción y calculamos tus impuestos de forma exacta.

Cómo se calcula el ISR en RESICO

En el Régimen Simplificado de Confianza las personas físicas pagan ISR sobre el total de sus ingresos efectivamente cobrados en el mes, sin restar gastos. La tasa depende del monto cobrado en el mes y va de 1% a 2.5% (artículo 113-E de la LISR). El pago mensual se presenta a más tardar el día 17 del mes siguiente.

Ejemplo

Si en un mes cobras $40,000 sin IVA, te corresponde la tasa de 1.10%: pagas $440 de ISR. Si cobras $60,000, la tasa es de 1.50% y el ISR es de $900. La tasa se aplica a todo el ingreso del mes, no solo al excedente.

Lo que la calculadora no considera

  • Retención de 1.25%: cuando facturas a una persona moral, esta te retiene 1.25% de ISR, que puedes restar de tu pago mensual.
  • IVA: el RESICO solo cambia el ISR. El IVA se calcula y se paga aparte, restando el IVA de tus gastos.
  • Declaración anual: en abril se recalcula el ISR del año con la tabla anual del RESICO (Art. 113-F LISR) y se restan los pagos mensuales.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir gastos en RESICO?
No para el ISR: se paga sobre el ingreso cobrado. Sí puedes acreditar el IVA de tus gastos al calcular el IVA.

¿Qué pasa si paso de $3.5 millones al año?
Dejas de tributar en RESICO y debes pasar al régimen de actividades empresariales y profesionales.

¿Me conviene RESICO?
Suele convenir si tus gastos son bajos en relación con tus ingresos. Compáralo con el simulador de régimen fiscal.

¿Quieres que llevemos tu RESICO? Presentamos tus pagos mensuales de ISR e IVA y tu declaración anual. Ver servicios

Herramienta de Carbajal Contadores. Parámetros revisados en octubre de 2026. Es una estimación de orientación general y no sustituye la asesoría de un contador.

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