Cuando tu empresa compra maquinaria, equipo de cómputo, vehículos o construye instalaciones, la Ley del ISR no permite deducir todo en el año de compra: la inversión se deduce por partes, con los porcentajes máximos anuales de los artículos 34 y 35. En 2026 existe además una alternativa: la deducción inmediata del decreto Plan México, que permite deducir entre 35% y 91% en el primer año con autorización previa.

Porcentajes máximos más usados (art. 34 LISR)

Bien% máximo anual
Construcciones5%
Embarcaciones y ferrocarriles6%
Mobiliario y equipo de oficina10%
Automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones y remolques25%
Computadoras personales, servidores, impresoras y periféricos30%
Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental35%
Maquinaria y equipo para generar energía de fuentes renovables100%

La maquinaria y el equipo que no estén en el artículo 34 se deducen con el porcentaje que el artículo 35 fija para la actividad de tu empresa (por ejemplo, construcción, restaurantes, transporte o manufacturas específicas). Si tu giro no aparece, aplica el porcentaje de “otras actividades”. Puedes usar un porcentaje menor al máximo, pero no mayor.

Cómo se calcula

  1. Monto original de la inversión (MOI): precio del bien más impuestos no acreditables, derechos, fletes, seguros de transporte, instalación y montaje. El IVA acreditable no forma parte del MOI.
  2. Deducción anual: MOI por el porcentaje máximo.
  3. Proporción: en el año en que empiezas a usar el bien (y en el que lo dejas de usar) solo deduces los meses completos de uso.
  4. Actualización: multiplica la deducción por el factor que resulta de dividir el INPC del último mes de la primera mitad del periodo de uso en el ejercicio entre el INPC del mes de adquisición.

Ejemplo: una computadora de $60,000 (sin IVA) que empiezas a usar el 1 de julio de 2026. Deducción anual: $60,000 × 30% = $18,000. En 2026 usas el bien 6 meses completos: $18,000 × 6/12 = $9,000, actualizado con el factor del INPC. En 2027 deduces el año completo.

Si no deduces una inversión en el ejercicio que corresponde, pierdes esa parte. Si vendes o das de baja el bien antes de terminar de deducirlo, deduces el saldo pendiente (actualizado) en ese ejercicio.

Automóviles: límites en 2026

  • Autos de combustión: el MOI deducible tiene un tope de $175,000.
  • Autos eléctricos o híbridos: tope de $250,000.
  • Arrendamiento de autos: deducible hasta $200 diarios por vehículo, o $285 diarios si es eléctrico o híbrido.
  • El IVA acreditable de la compra se limita en la misma proporción que la deducción.

Más detalle en nuestra guía de deducción de autos.

Deducción inmediata del decreto Plan México

El decreto publicado en el DOF el 21 de enero de 2025 permite deducir en el mismo año entre 35% y 91% del MOI de bienes nuevos de activo fijo adquiridos del 22 de enero de 2025 al 30 de septiembre de 2030. Puntos clave:

  • Aplica a cualquier sector, pero requiere autorización de un comité de evaluación y el monto total del estímulo está limitado.
  • No incluye mobiliario y equipo de oficina ni automóviles.
  • Los bienes deben usarse en la actividad productiva al menos dos años después del ejercicio de la deducción.
  • El mismo decreto da una deducción adicional del 25% sobre el aumento en gastos de capacitación o innovación respecto del promedio de los tres años anteriores.

Conviene cuando hay utilidad alta en el año de compra y la inversión es relevante; si la empresa tiene pérdidas, la deducción normal puede aprovecharse mejor en años siguientes. Ver también Plan México 2026.

Qué revisa el SAT

  • CFDI de compra válido y pagado conforme a las reglas de deducción.
  • Que el bien se use en la actividad que genera ingresos.
  • MOI bien integrado y consistente con la contabilidad electrónica.
  • Que no sigas deduciendo bienes ya deducidos al 100%.

Preguntas frecuentes

¿Puedo empezar a deducir el año siguiente?

Sí. La ley permite iniciar la deducción en el ejercicio en que empiezas a usar el bien o en el siguiente.

¿Un bien usado puede ir a la deducción inmediata del Plan México?

No. El decreto es para bienes nuevos, es decir, que se usan por primera vez en México.

¿El software se deduce como activo fijo?

Las licencias y otros intangibles se tratan como gastos o cargos diferidos (art. 33 LISR), con sus propios porcentajes.

Fuentes

En Carbajal Contadores armamos y revisamos la cédula de activos fijos de tu empresa y evaluamos si te conviene la deducción inmediata. Contáctanos.

Revisado por María del Rosario Carbajal, contadora y responsable de comunicación de Carbajal Urrutia y Asociados. Actualizado: octubre de 2026.

Información de carácter general; no sustituye la asesoría sobre tu caso.