El decreto de estímulos fiscales del Plan México, publicado en el DOF el 21 de enero de 2025, ofrece dos beneficios de ISR: una deducción inmediata de entre 35% y 91% de la inversión en activos fijos nuevos y una deducción adicional del 25% sobre el aumento en gastos de capacitación o innovación. No está limitado a ciertos sectores, pero requiere una constancia de un comité de evaluación y el monto total disponible es limitado.

1. Deducción inmediata de activos fijos nuevos

  • Porcentaje: de 35% a 91% del monto original de la inversión, según el tipo de bien o actividad, en lugar de deducir por partes con los porcentajes de la LISR.
  • Periodo: bienes adquiridos del 22 de enero de 2025 al 30 de septiembre de 2030.
  • Bienes nuevos: que se usen por primera vez en México.
  • Permanencia: deben mantenerse en uso al menos dos años después del ejercicio de la deducción, salvo caso fortuito o fuerza mayor.

No aplica a: mobiliario y equipo de oficina, automóviles de combustión, blindaje de autos, bienes que no se puedan identificar individualmente y aviones (salvo los de aerofumigación agrícola).

Ejemplo: una empresa compra maquinaria nueva por $5,000,000. Si el porcentaje aplicable fuera 80%, deduciría $4,000,000 en el año; con una tasa de ISR del 30%, son $1,200,000 menos de impuesto ese ejercicio. El resto del valor ya no se deduce después: es un adelanto de la deducción, no una deducción extra.

2. Deducción adicional por capacitación o innovación

En las declaraciones anuales de 2025 a 2030 se puede deducir un 25% adicional sobre el incremento en gastos de capacitación o de innovación respecto del promedio de los tres ejercicios anteriores. Si no la aplicas en el ejercicio que corresponde, pierdes el derecho.

Ejemplo: si tu promedio de capacitación de los últimos tres años fue $200,000 y este año gastas $300,000, la deducción adicional es 25% × $100,000 = $25,000.

Quién puede aplicarlo

  • Personas morales del régimen general y del RESICO, y personas físicas con actividad empresarial o profesional.
  • Con opinión de cumplimiento positiva.
  • Que obtengan la constancia del comité de evaluación, presentando su proyecto de inversión y, para la deducción inmediata, un convenio de colaboración educativa con la SEP. El comité fija el monto máximo que cada contribuyente puede aplicar.

No pueden aplicarlo quienes estén en las listas de los artículos 69, 69-B o 69-B Bis del CFF, tengan créditos fiscales firmes, estén en liquidación o tengan su sello digital restringido o cancelado.

Cuándo conviene

  • Cuando la empresa tendrá utilidad fiscal alta el año de la compra.
  • Cuando la inversión es relevante y puede documentarse bien.
  • Si la empresa está en pérdidas, la deducción normal puede aprovecharse mejor en años futuros.
  • Si perteneces a un grupo multinacional grande, revisa el efecto en tu tasa efectiva bajo el Pilar Dos.

Compara con la deducción normal en nuestra guía de deducción de activos fijos. Si estás en la frontera norte, el estímulo puede convivir con el de la región fronteriza; revísalo caso por caso.

Preguntas frecuentes

¿Solo es para exportadores o empresas de nearshoring?

No. El decreto de 2025 no se limita a sectores específicos ni exige exportar; lo que exige es la constancia del comité y cumplir los requisitos.

¿Puedo aplicarlo a una camioneta de reparto?

Los automóviles de combustión están excluidos. Otros vehículos de carga o eléctricos pueden entrar según su clasificación; revísalo antes de comprar.

¿Qué pasa si vendo el bien antes de tiempo?

Si no lo mantienes en uso el plazo mínimo, pierdes el beneficio en los términos del decreto y debes corregir tu ISR.

Fuentes

En Carbajal Contadores evaluamos si tu inversión califica, preparamos el expediente y calculamos el efecto en tu ISR. Contáctanos.

Revisado por María del Rosario Carbajal, contadora y responsable de comunicación de Carbajal Urrutia y Asociados. Actualizado: octubre de 2026.

Información de carácter general; no sustituye la asesoría sobre tu caso.