La contabilidad electrónica es la obligación de enviar al SAT, a través del Buzón Tributario, los archivos XML que documentan tu contabilidad mensual: el catálogo de cuentas y la balanza de comprobación. Esta obligación existe desde 2014, pero en 2026 el SAT intensificó las validaciones automáticas sobre los archivos recibidos y está cruzando esa información con tus declaraciones, tus CFDI emitidos y recibidos, y los reportes de terceros para detectar inconsistencias. Si tienes meses sin enviar, o los envías con errores, una carta de invitación del SAT puede llegar antes de lo que esperas.

¿Quiénes Están Obligados a Enviar Contabilidad Electrónica en 2026?

La obligación aplica a contribuyentes que realizan actividades empresariales o profesionales y que no están exentos por alguna de las siguientes razones:

Tipo de contribuyente¿Obligado?Fundamento
Personas morales con actividad empresarial (régimen general)✅ SíArt. 28 CFF y Anexo 24 RMF 2026
Personas físicas con actividad empresarial o profesional✅ SíArt. 28 CFF y Anexo 24 RMF 2026
Personas físicas en RESICO❌ NoRegla 3.13.21 RMF 2026
Personas físicas que usan “Mis Cuentas” del SAT❌ NoRegla 2.8.1.19 RMF 2026
Personas morales con fines no lucrativos (donatarias)✅ SíArt. 28 CFF; deben enviar conforme Anexo 24
Coordinados (transportistas, agropecuarios) que tributan individualmenteDepende del régimen optadoVerificar con su contador
Asalariados exclusivos (solo sueldos, sin actividad empresarial)❌ NoNo llevan contabilidad en términos del CFF

Es importante notar que las donatarias autorizadas están obligadas a enviar contabilidad electrónica y, en 2026, con requisitos reforzados de trazabilidad del destino de los donativos.

Los 4 Archivos que Componen la Contabilidad Electrónica

1. Catálogo de Cuentas (CT)

El catálogo de cuentas en formato XML debe enviarse cuando se presente por primera vez o cada vez que se modifique. No se envía todos los meses — solo cuando cambia. Debe contener la estructura de cuentas contables de la empresa con su código agrupador del SAT, nivel de cuenta (mayor, subcuenta, detalle) y tipo de naturaleza (deudora o acreedora). El SAT valida que los códigos agrupadores correspondan a los del Anexo 24 de la RMF 2026. En 2026, el SAT rechaza catálogos con códigos agrupadores obsoletos o con estructura de niveles incorrecta.

2. Balanza de Comprobación Mensual (BN)

Es el archivo más importante y el que se envía todos los meses. Contiene los saldos iniciales, movimientos del mes (cargos y abonos) y saldos finales de cada cuenta del catálogo. En 2026, el SAT cruza esta balanza contra los CFDI timbrados en el mismo período para detectar ingresos no registrados contablemente o deducciones sin soporte documental. Un peso de ingreso facturado que no aparezca en la balanza de comprobación puede detonar un requerimiento.

3. Balanza Ajustada al Cierre del Ejercicio (BC)

Al cierre del ejercicio fiscal (diciembre), se envía una balanza de comprobación ajustada que incluye los asientos de ajuste, reclasificación y cierre del período. Esta balanza es la que el SAT compara contra la declaración anual para verificar que los ingresos, deducciones y resultado fiscal coinciden con lo contabilizado.

4. Pólizas y Auxiliares (PL): Solo si el SAT lo Solicita

Las pólizas contables con sus auxiliares no se envían mensualmente de forma espontánea. El SAT las puede solicitar expresamente cuando ejerce facultades de comprobación (auditoría, revisión electrónica o revisión de gabinete). Cuando hay una solicitud de pólizas, el contribuyente tiene 3 días hábiles para entregarlas en formato XML conforme al esquema del Anexo 24. Esta es la razón por la que es crítico mantener las pólizas bien estructuradas y en formato exportable en cualquier momento.

Plazos de Envío en 2026: Cuándo Debes Mandar Cada Archivo

Tipo de contribuyentePlazo para envío de balanza mensual
Personas moralesHasta el 3er día hábil del 2° mes posterior al mes que se reporta
Personas físicasHasta el 5to día hábil del 2° mes posterior al mes que se reporta

Ejemplo para personas morales: la balanza de comprobación de junio de 2026 debe enviarse a más tardar el 3er día hábil de agosto de 2026. Si agosto 1 y 4 son hábiles (el 3 de agosto es el límite para ese mes), el vencimiento cae en agosto 4 de 2026 (considerando que el 1 y 2 son fin de semana).

El catálogo de cuentas se envía junto con la primera balanza, y luego cada vez que se modifique, en el mismo período en que ocurrió el cambio. La balanza de cierre ajustada del ejercicio se envía dentro de los mismos plazos de la balanza de diciembre.

Requisitos Técnicos: Lo que Debe Cumplir el Archivo XML

Los archivos de contabilidad electrónica deben cumplir con especificaciones técnicas precisas del Anexo 24 de la RMF 2026:

  • Formato XML conforme al esquema (XSD) publicado por el SAT en el Anexo 24, versión vigente 2026. El SAT rechaza archivos que no validan contra el XSD.
  • Firma electrónica (e.firma): todos los archivos deben firmarse digitalmente con la e.firma vigente del contribuyente (personas físicas) o del representante legal (personas morales). Una e.firma vencida invalida el envío.
  • Nomenclatura del archivo: el nombre del archivo XML debe seguir la estructura exacta que el SAT exige en el portal de envío. En 2026, el SAT actualizó la nomenclatura de los archivos en el portal y algunos contribuyentes tuvieron rechazos por no actualizar sus sistemas contables.
  • Código agrupador del SAT: cada cuenta del catálogo debe asignarse al código agrupador correspondiente del Anexo 24. Códigos agrupadores incorrectos, obsoletos o inexistentes en el Anexo 24 vigente provocan rechazo del catálogo.

Los Errores que el SAT Está Detectando en 2026

El SAT utiliza inteligencia artificial para cruzar la contabilidad electrónica con otras fuentes de información. Los errores e inconsistencias más frecuentes que están generando cartas de invitación y requerimientos en 2026 son:

  • Ingresos facturados que no aparecen en balanza: el SAT suma los CFDI de ingreso timbrados en el mes y los compara con la suma de las cuentas de ingresos de la balanza. Una diferencia mayor al 2% puede generar un requerimiento automático.
  • Deducciones en balanza sin CFDI que las soporten: el SAT revisa que cada cuenta de gastos tenga respaldo en CFDI de egreso correspondientes. Gastos contabilizados sin factura del proveedor son detectados.
  • IVA acreditable mayor al IVA trasladado en CFDI: si acreditas más IVA del que tus proveedores te trasladaron según sus CFDI, el SAT lo detecta al cruzar tus CFDI de egreso contra la cuenta de IVA acreditable de tu balanza.
  • Balanzas no enviadas o enviadas fuera de plazo: los meses faltantes o extemporáneos quedan registrados en el historial del contribuyente y son considerados en la calificación de riesgo que el SAT asigna.
  • Códigos agrupadores que no corresponden al tipo de actividad: un contribuyente que vende servicios pero tiene saldos en cuentas de inventarios puede generar alertas.

Multas por No Enviar Contabilidad Electrónica

Las infracciones y sanciones relacionadas con la contabilidad electrónica se encuentran en los artículos 83 y 84 del Código Fiscal de la Federación:

InfracciónMulta (valores 2026)
No llevar contabilidad conforme al CFF$1,870 a $18,700 pesos
No ingresar la información contable en los plazos señalados$13,600 a $136,000 pesos
No tener operativa o actualizada la contabilidad$1,870 a $18,700 pesos
No proporcionar pólizas cuando el SAT las solicita en auditoría$13,600 a $136,000 pesos

Estas multas se suman a las sanciones por no presentar declaraciones o por diferencias en el pago de impuestos que el SAT pueda determinar con base en la contabilidad electrónica. Mantener al día este envío mensual es una de las formas más efectivas de evitar que el SAT te clasifique como contribuyente de alto riesgo en su sistema de inteligencia artificial, tal como lo describe el Plan Maestro de Fiscalización SAT 2026.

¿Cómo se Envía la Contabilidad Electrónica al SAT?

El envío se realiza a través del portal del SAT en la sección de “Contabilidad Electrónica“, dentro de la opción “Servicios” del RFC del contribuyente, utilizando la e.firma vigente. Los pasos son:

  • Exportar desde tu sistema contable los archivos XML de catálogo (si hay cambios) y balanza de comprobación, conforme al esquema del Anexo 24 vigente.
  • Validar los archivos XML contra el XSD del SAT antes de subir (la mayoría de los sistemas contables modernos lo hacen automáticamente).
  • Ingresar al portal del SAT con RFC y e.firma.
  • Seleccionar el período correspondiente y subir los archivos.
  • Guardar el acuse de recepción con folio y fecha — ese documento es tu prueba de cumplimiento en caso de auditoría.

Si tienes meses de contabilidad electrónica sin enviar, puedes enviarlos de forma extemporánea. El SAT los recibirá aunque estén fuera de plazo, aunque queda el registro de la extemporaneidad. Lo importante es ponerse al corriente antes de que el SAT lo detecte y emita una carta de invitación o inicie una revisión electrónica. Considera también revisar la correcta presentación de las obligaciones antilavado si tu empresa realiza actividades vulnerables.

En Carbajal Contadores nos encargamos del envío mensual de la contabilidad electrónica de tu empresa al SAT: exportación en formato XML correcto, validación contra el Anexo 24, firma con e.firma y obtención del acuse. También regularizamos meses atrasados. Contáctanos para que tu contabilidad electrónica esté siempre al corriente.

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La información de este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y divulgativo. No constituye asesoría legal, jurídica, fiscal ni financiera. La obligación de llevar y enviar contabilidad electrónica está regulada por el artículo 28 del CFF, las Reglas 2.8.1.1 y siguientes de la RMF 2026 y el Anexo 24 de la misma Resolución. Los plazos exactos de cada mes deben verificarse en el calendario fiscal del SAT, ya que los días hábiles varían. ¿Tienes meses de contabilidad electrónica sin enviar o necesitas regularizar tu situación? Contáctanos para una revisión y regularización de tu contabilidad electrónica.