El Régimen Simplificado de Confianza para personas morales (régimen 626 en el RFC, Título VII, Capítulo XII de la LISR) suele confundirse con el RESICO de personas físicas. La diferencia clave: aquí no hay tasas de 1% a 2.5%. Las sociedades pagan ISR a la tasa general de 30%, pero calculan la utilidad sobre flujo de efectivo y con porcentajes de deducción de inversiones más altos.
Requisitos
- Persona moral residente en México constituida únicamente por personas físicas.
- Ingresos del ejercicio anterior de hasta $35,000,000 (o, si inicia operaciones, que estime no rebasarlos).
- No estar en los supuestos excluidos: entre otros, cuando sus socios controlan otras sociedades o son partes relacionadas en los términos de la ley, integrantes del sistema financiero, quienes actúan mediante fideicomisos o asociación en participación, y quienes tributan en regímenes especiales (coordinados, sector primario, opcional para grupos).
Cómo se calcula el ISR
- Ingresos efectivamente cobrados en el periodo.
- Menos deducciones autorizadas efectivamente pagadas.
- Menos la PTU pagada y, en su caso, las pérdidas fiscales pendientes.
- Al resultado se le aplica el 30%.
Los pagos provisionales son mensuales, a más tardar el día 17 del mes siguiente, con la utilidad acumulada desde enero (no se usa coeficiente de utilidad). La declaración anual se presenta a más tardar el 31 de marzo.
Deducción de inversiones más rápida
Si el total de inversiones del ejercicio no rebasa $3,000,000, se usan porcentajes propios del régimen, por ejemplo:
| Bien | % anual RESICO PM |
|---|---|
| Computadoras y servidores | 50% |
| Dados, troqueles y moldes | 50% |
| Mobiliario de oficina | 25% |
| Automóviles y camiones | 25% |
Si las inversiones del año superan ese monto, se aplican los porcentajes generales de la LISR. Ver deducción de activos fijos.
Obligaciones
- Emitir CFDI por todos sus ingresos y obtener CFDI de sus gastos.
- Pagos provisionales de ISR y declaración mensual de IVA.
- Declaración anual.
- Retenciones, nómina e IMSS si tiene trabajadores.
- Para 2026, la RMF las releva de enviar contabilidad electrónica y de presentar la DIOT, sin liberarlas de llevar contabilidad.
Cuándo conviene
- Cuando la empresa cobra tarde: pagar sobre lo cobrado y no sobre lo facturado mejora el flujo.
- Cuando planea invertir hasta $3 millones al año en equipo y aprovechar los porcentajes acelerados.
- No ahorra tasa: el ISR sigue siendo 30%. Si la empresa cobra de contado y casi no invierte, la diferencia con el régimen general es pequeña.
Preguntas frecuentes
¿La tasa es de 1% a 2.5% como en personas físicas?
No. Esas tasas son solo para el RESICO de personas físicas. Las personas morales pagan 30% sobre la utilidad.
¿Qué pasa si un socio vende sus acciones a una empresa?
La sociedad deja de cumplir el requisito de estar integrada solo por personas físicas y debe pasar al régimen general.
¿Y si rebaso los $35 millones?
Dejas de cumplir el requisito y debes tributar en el régimen general de personas morales conforme a la ley, incluyendo el cálculo de pagos provisionales con coeficiente de utilidad.
Fuentes
- Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 9 y 206 a 215.
- Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (DOF).
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Revisado por María del Rosario Carbajal, contadora y responsable de comunicación de Carbajal Urrutia y Asociados. Actualizado: octubre de 2026.
Información de carácter general; no sustituye la asesoría sobre tu caso.
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