El combustible es uno de los gastos más comunes de cualquier negocio con vehículos, y también uno de los que más se rechazan en revisiones del SAT por un requisito sencillo: la forma de pago. Aquí está lo que necesitas para deducirlo, cómo se trata el IVA y el IEPS, y qué es el estímulo que Hacienda ajusta cada semana.
Requisitos para deducir el combustible
- Forma de pago: cheque nominativo, transferencia, tarjeta de crédito, débito o de servicios, o monedero electrónico autorizado por el SAT. Aplica aunque la carga sea de $200: el combustible pagado en efectivo nunca es deducible (artículo 27, fracción III de la LISR).
- CFDI a nombre del negocio, con RFC, régimen y código postal correctos.
- Relación con la actividad: vehículos de la empresa o usados en el negocio. Lleva una bitácora o control por unidad.
Si el vehículo es un automóvil que rebasa el tope de inversión deducible, revisa nuestra guía de deducción de automóviles.
IVA e IEPS del combustible
- IVA: acreditable en la medida en que el gasto sea deducible para ISR.
- IEPS: forma parte del precio y no se acredita contra ningún impuesto. Se deduce como parte del costo del combustible.
El estímulo semanal al IEPS
La Ley del IEPS fija una cuota por litro para gasolinas y diésel que se actualiza cada año. Para amortiguar los cambios en el precio internacional del petróleo, Hacienda publica cada semana en el DOF un porcentaje de estímulo que reduce esa cuota: cuando el petróleo sube, el estímulo crece para contener el precio; cuando baja, el estímulo se reduce o desaparece. Por eso el IEPS efectivo que pagas cambia de una semana a otra y es distinto para Magna, Premium y diésel.
En municipios de la frontera norte y sur hay además un estímulo regional que también se publica semanalmente y varía por zona. Si tu empresa opera ahí, revisa también los beneficios de la zona libre de la frontera.
Para presupuestar, no conviene suponer un precio fijo del combustible: usa un rango y revísalo cada trimestre.
Errores frecuentes
- Pagar en efectivo cargas pequeñas pensando que el tope de $2,000 aplica: para combustible no aplica.
- Pagar con la tarjeta personal del chofer y pedir la factura a la empresa sin reembolso documentado.
- Consumos que no cuadran con el número de vehículos o el giro.
- Facturas de gasolinera con datos fiscales incorrectos.
Preguntas frecuentes
¿Sirven los vales de gasolina en papel?
No. Solo los monederos electrónicos de proveedores autorizados por el SAT cuentan como medio de pago válido para deducir combustible.
¿Puedo acreditar el IEPS de la gasolina?
No. Para quien consume el combustible, el IEPS es parte del costo y solo se deduce para ISR.
Fuentes
- Ley del ISR, artículo 27 fr. III.
- Ley del IEPS, artículo 2 fr. I inciso D.
- Diario Oficial de la Federación: acuerdos semanales de estímulos a combustibles.
En Carbajal Contadores revisamos el control de combustible y su deducción. Contáctanos.
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Revisado por María del Rosario Carbajal, contadora y responsable de comunicación de Carbajal Urrutia y Asociados. Actualizado: octubre de 2026.
La información de este artículo es de carácter informativo y no constituye asesoría fiscal. Los estímulos al IEPS cambian cada semana; consulta el DOF vigente.
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