El 8 de septiembre de 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) presentó al Congreso el Paquete Económico 2027, que incluye la propuesta de Ley de Ingresos de la Federación 2027. Sin nuevos impuestos estructurales, la propuesta sí introduce tres cambios de alto impacto para las empresas que podrían aumentar significativamente su carga fiscal en 2027: nuevos límites a la aplicación de pérdidas fiscales, una reducción del techo de intereses deducibles y la eliminación del ROGS.
Si tu empresa tiene pérdidas acumuladas de años anteriores, deuda significativa o forma parte de un grupo de sociedades, este artículo es prioritario de leer antes de que termine el ejercicio 2026.
Contexto: ¿Por Qué Hacienda Propone Estos Cambios?
La SHCP justifica las medidas en que “9 de cada 10 empresas no pagan impuestos o tienen tasas efectivas muy reducidas” gracias al uso intensivo de deducciones y pérdidas acumuladas. El objetivo es cerrar espacios que, según Hacienda, se utilizan para erosionar la base gravable, y elevar la recaudación de ISR en un 7.2% para 2027, con una meta de ingresos tributarios de 6.26 billones de pesos (15.9% del PIB).
Las propuestas están contenidas en la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación 2027 y en las modificaciones a la Ley del ISR del Paquete Económico. Para convertirse en ley, deben aprobarse por el Congreso antes del 15 de noviembre de 2026 y entrarían en vigor el 1 de enero de 2027.
Cambio 1: Pérdidas Fiscales Limitadas al 50% de la Utilidad Anual
¿Cómo funciona hoy?
Actualmente, una empresa que tiene pérdidas fiscales de años anteriores puede aplicarlas contra el 100% de su utilidad fiscal del año en curso, hasta agotarlas. El límite es el plazo: las pérdidas solo pueden aplicarse en los 10 ejercicios siguientes al que se generaron.
¿Qué propone Hacienda?
La reforma plantea un doble cambio:
- Límite anual del 50%: En cada ejercicio, solo podrás aplicar pérdidas fiscales hasta por el 50% de tu utilidad fiscal del año. Si tu utilidad es de $10 millones, podrás amortizar como máximo $5 millones de pérdidas, sin importar cuánto tengas acumulado.
- Plazo ampliado a 20 años: A cambio del límite anual, el período para aplicar pérdidas se duplica: de 10 a 20 ejercicios.
| Concepto | Regla actual 2026 | Propuesta 2027 |
|---|---|---|
| Límite de aplicación anual | 100% de la utilidad | 50% de la utilidad fiscal |
| Plazo de amortización | 10 años | 20 años |
| Actualización por inflación | Sí (Art. 57 LISR) | Se mantiene |
Impacto real para tu empresa
Una empresa con $50 millones en pérdidas acumuladas y una utilidad 2027 de $30 millones, hoy pagaría cero ISR (las pérdidas cubren toda la utilidad). Con la reforma, pagaría ISR sobre $15 millones (50% de $30M), lo que representaría aproximadamente $4.5 millones de ISR adicional en ese año, aunque conservaría $35 millones de pérdidas para los siguientes 19 ejercicios.
Estrategia antes del 31 de diciembre de 2026: Si tu empresa tiene utilidades en 2026 y también tiene pérdidas de ejercicios anteriores próximas a vencer (generadas en 2016 o antes), aplícalas en la declaración 2026 antes de que entre la nueva regla. Consulta nuestra guía de Cierre Fiscal 2026: Checklist Completo.
Cambio 2: Reducción del Techo de Intereses Deducibles del 30% al 20%
¿Cómo funciona hoy?
México ya tiene un límite a la deducción de intereses netos (Art. 28 fracc. XXXII LISR), conocido como la regla de capitalización delgada ampliada. Las empresas con financiamiento externo significativo pueden deducir intereses netos hasta por el 30% de su utilidad fiscal ajustada (similar al EBITDA fiscal). Los intereses que excedan ese límite se pueden arrastrar hasta 10 años.
¿Qué propone Hacienda?
El nuevo límite bajaría del 30% al 20% de la utilidad fiscal ajustada. Se mantiene el piso de $20 millones de pesos por debajo del cual el límite no aplica, y el período de arrastre de 10 años para los intereses no deducidos.
| Concepto | Regla actual 2026 | Propuesta 2027 |
|---|---|---|
| Límite de intereses deducibles | 30% EBITDA fiscal | 20% EBITDA fiscal |
| Piso de exención | $20 millones de pesos | Se mantiene $20 millones |
| Arrastre de excedente | 10 años | Se mantiene 10 años |
¿A qué empresas afecta más?
- Empresas con créditos bancarios elevados en relación con su EBITDA
- Grupos empresariales que utilizan préstamos intercompañía
- Empresas con deuda en dólares o moneda extranjera
- Sectores intensivos en capital: construcción, manufactura, energía, retail
Ejemplo: Una empresa con EBITDA fiscal de $100 millones e intereses netos de $35 millones. Hoy deduce los $35M íntegros (bajo el 30% de $100M). Con la reforma, solo deduciría $20M (20% de $100M), y los $15M restantes quedarían diferidos hasta 10 años.
Cambio 3: Eliminación del ROGS (Régimen Opcional para Grupos de Sociedades)
El Régimen Opcional para Grupos de Sociedades (ROGS), establecido en el Capítulo VI del Título II de la LISR, permite a grupos de empresas integradoras diferir el pago de ISR hasta por 3 ejercicios fiscales, generando un beneficio de flujo de caja significativo para conglomerados empresariales.
¿Qué propone Hacienda?
La propuesta elimina completamente el ROGS a partir de 2027. Las empresas actualmente en el régimen tendrán que:
- Desincorporarse del ROGS antes del 31 de diciembre de 2026
- Regularizar los ISR diferidos pendientes conforme a las reglas de salida del régimen
- Presentar las declaraciones complementarias correspondientes
Este cambio afecta principalmente a grandes conglomerados y grupos empresariales familiares que utilizan el ROGS para optimizar el flujo de caja fiscal del grupo.
Cambio Adicional: Nuevas Restricciones para Empresas con Ingresos Mayores a $50 Millones
La propuesta introduce un nuevo Capítulo X en la LISR para empresas con ingresos acumulables superiores a $50 millones de pesos, con restricciones adicionales sobre deducciones autorizadas: cuando las deducciones de una empresa sean iguales o superiores al 96.67% de sus ingresos, las deducciones quedarán limitadas al 99% de los ingresos, forzando el reconocimiento de al menos 1% de utilidad fiscal.
Esta medida va dirigida a empresas que sistemáticamente declaran cero utilidades o pérdidas mínimas mediante la optimización de sus deducciones.
Cambio 4: Anticipos y Pagos al Extranjero
Anticipos por servicios futuros
Las empresas que pagan servicios o arrendamientos por adelantado ya no podrán deducirlos al momento del pago. La deducción quedará limitada a los períodos en que efectivamente se preste el servicio o se use el bien. Esto impacta a empresas que optimizaban su ISR mediante pagos adelantados de diciembre para servicios del año siguiente.
Retenciones en pagos al extranjero
Para pagos a residentes en el extranjero, la obligación de retención y entero se activa cuando se cause la contraprestación, se pague o se acredite — lo que ocurra primero —, no solo cuando se pague. Y la deducción del gasto solo procede cuando el pago ya se realizó y la retención ya se enteró al SAT.
Cronograma y Próximos Pasos
| Fecha | Evento |
|---|---|
| 8 septiembre 2026 | SHCP presenta Iniciativa al Congreso |
| Octubre-noviembre 2026 | Dictamen en Comisiones del Congreso |
| 15 noviembre 2026 | Plazo constitucional para que el Congreso apruebe la Ley de Ingresos |
| 31 diciembre 2026 | Fecha límite para adoptar estrategias con las reglas actuales |
| 1 enero 2027 | Entrada en vigor de los cambios aprobados |
Estrategias de Planeación para el Cierre 2026
Antes de que entren en vigor las nuevas reglas, considera las siguientes acciones con tu contador o asesor fiscal:
- Revisar pérdidas fiscales pendientes de aplicar y la fecha en que vencerán. Si vencen antes de 20 años, la nueva regla no las recupera — solo afecta los años de aplicación.
- Maximizar la aplicación de pérdidas en 2026 si tienes utilidades en el ejercicio.
- Prepagar servicios que se prestarán en 2027 antes del 31 de diciembre de 2026, mientras aún es posible deducirlos en el ejercicio de pago.
- Evaluar la estructura de deuda si los intereses netos están cerca del 30% del EBITDA, porque en 2027 el techo baja al 20%.
- Consultar a tu asesor legal y fiscal si tu grupo está en el ROGS, para planear la desincorporación.
Para conocer otras medidas del Paquete Económico 2027 que afectan a las empresas, consulta nuestros artículos sobre la Miscelánea Fiscal 2027 y el RESICO 2027.
Si tu empresa necesita una revisión de su posición fiscal antes de que cierren las oportunidades de planeación para 2026, en Carbajal Contadores tenemos especialistas en ISR corporativo disponibles. Contáctanos hoy.
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Este artículo es de carácter exclusivamente informativo y no constituye asesoría fiscal, legal ni contable. La normativa fiscal en México está sujeta a cambios continuos y cada situación particular puede generar consecuencias distintas. Antes de tomar cualquier decisión basada en este contenido, consulte a un contador público certificado o asesor fiscal calificado. Carbajal Contadores no asume responsabilidad por decisiones tomadas sin asesoría profesional individualizada. Para una consulta personalizada, contáctenos aquí.
1 Comment
Paquete Económico 2027: Anticipos por Servicios y Pagos al Extranjero — Nuevas Reglas Propuestas para tu Deducción de ISR y la Retención - Carbajal Contadores
22 Sep 2026 - 4:09 pm[…] Ambas propuestas responden a una estrategia de Hacienda para acotar la planeación fiscal que adelanta deducciones o difiere retenciones. Para más contexto sobre el conjunto de propuestas del Paquete Económico 2027, puedes revisar el análisis de límites a pérdidas fiscales, intereses y ROGS en la Ley de Ingresos 2027. […]