En septiembre de 2026, el SAT intensificó el cruce automático de información con las instituciones bancarias de México para detectar depósitos en efectivo que no coincidan con los ingresos declarados. Esta estrategia, respaldada por los artículos 55 y 56 de la Ley del ISR y el artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito, puede derivar en cartas de invitación del SAT, requerimientos formales y —en casos extremos— el embargo preventivo de cuentas bancarias. Conocer cuáles son los movimientos que activan una revisión es la mejor forma de protegerte.

¿Cómo Obtiene el SAT la Información de tus Movimientos Bancarios?

El mecanismo legal es claro: conforme al artículo 55 de la Ley del ISR, todas las instituciones de crédito —BBVA, Citibanamex, Santander, HSBC, Banorte y demás— deben enviar mensualmente al SAT, a más tardar el día 17 de cada mes, un informe sobre los depósitos en efectivo acumulados que superen los $15,000 pesos dentro del mismo período en una misma cuenta. Este reporte es automático: el banco lo envía directamente al SAT sin que el contribuyente lo sepa ni lo autorice.

Además, el SAT cruza esa información con los CFDI emitidos y recibidos por el contribuyente, con las declaraciones mensuales de ISR e IVA, con la información del SIACWEB, Forma 76 y DIM, y con los datos de terceros reportados en la DIOT. Si existe una discrepancia entre lo que entra a tu cuenta y lo que declaras como ingreso, el SAT lo detecta automáticamente mediante inteligencia artificial.

Los 5 Movimientos Bancarios que Activan una Revisión del SAT en Septiembre 2026

Movimiento bancarioUmbral / Criterio del SATRiesgo fiscal
1. Depósitos en efectivo acumulados mayores a $15,000 al mes$15,000 MXN en una misma institución bancaria en el mesReporte automático de la institución al SAT (Art. 55 LISR)
2. Transferencias recibidas sin CFDI emitido correspondienteCualquier monto que no tenga factura electrónica de respaldoDiscrepancia fiscal detectada al cruzar CFDI contra movimientos bancarios
3. Ingresos bancarios que superan lo declarado en el ejercicioDiferencia entre depósitos y declaraciones de ISR/IVAProcedimiento de discrepancia fiscal (Art. 91 LISR) con ISR determinado y multas
4. Depósitos fraccionados que evitan el umbral de $15,000Patrón de depósitos múltiples que individualmente quedan bajo el umbralAlerta de posible estructuración para evadir reportes (Ley Antilavado LFPIORPI)
5. Transferencias internacionales sin documentación de respaldoRemesas del o hacia el extranjero sin contrato, CFDI o comprobanteCruce con CARF/OCDE y posible reporte a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)

¿Qué Pasa si el SAT Detecta una Discrepancia entre tus Depósitos y tus Declaraciones?

El proceso que sigue el SAT cuando detecta una discrepancia entre tus movimientos bancarios y los ingresos declarados tiene cuatro etapas bien definidas:

  • Carta de invitación: el SAT envía una notificación a tu Buzón Tributario invitándote a aclarar las diferencias detectadas. Tienes 15 días hábiles para responder con documentación que justifique el origen de los depósitos o corrija las declaraciones.
  • Requerimiento formal: si no respondes o la aclaración no es satisfactoria, el SAT puede emitir un requerimiento formal solicitando estados de cuenta, contratos, CFDI y documentación contable adicional.
  • Procedimiento de discrepancia fiscal: conforme al artículo 91 de la LISR, si tus erogaciones, depósitos y gastos superan tus ingresos declarados, el SAT puede determinar ingresos presuntos y calcular el ISR omitido más recargos del 2.07% mensual y multas de hasta el 75% del impuesto omitido.
  • Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE): si el SAT ya tiene un crédito fiscal determinado y no pagado, puede iniciar el PAE, que incluye el embargo de cuentas bancarias, bienes inmuebles y activos de la empresa.

¿Qué Depósitos No Representan Ingresos Fiscales? Documentación que Debes Tener

No todos los depósitos son ingresos gravados. Estos son los casos más comunes de depósitos que no constituyen ingreso fiscal, siempre que estén debidamente documentados:

Tipo de depósitoDocumentación que debes conservar
Préstamo de socios o de tercerosContrato de mutuo firmado ante notario o con fecha cierta
Aportación de capital de sociosActa de asamblea de incremento de capital, inscrita en el RPP
Devolución de IVA por el SATResolución del SAT que autoriza la devolución
Venta de activos o bienes personalesContrato de compraventa y CFDI emitido por la operación
Herencia o legado recibidoEscritura notarial o sentencia judicial que acredite la transmisión
Remesas familiares del extranjeroComprobante de la transferencia y declaración del origen

¿Qué Cuentas Están Protegidas del Embargo del SAT?

La legislación mexicana protege expresamente ciertas cuentas del embargo, incluso cuando el SAT tiene un crédito fiscal determinado y firme:

  • Cuentas de nómina hasta el equivalente al salario mínimo mensual vigente.
  • Fondos de ahorro para el retiro (AFORE) y subcuentas de retiro.
  • Pensiones y jubilaciones del IMSS o ISSSTE.
  • Apoyos de programas sociales del gobierno federal (Bienestar, Sembrando Vida, etc.).

Cómo Protegerte de una Revisión del SAT por Depósitos en Efectivo

La mejor estrategia es la prevención y la documentación previa. Te recomendamos estas acciones concretas:

  • Factura cada ingreso: cada depósito que recibas debe corresponder a un CFDI emitido ese mismo mes, con el RFC correcto del cliente.
  • Concilia mensualmente tu estado de cuenta con tus CFDI y declaraciones: verifica que el total de ingresos depositados en el banco coincida con lo declarado en ISR e IVA.
  • Mantén tu Buzón Tributario activo: las cartas de invitación llegan por esa vía y se consideran notificadas al tercer día hábil, aunque no las abras.
  • Documenta depósitos de origen distinto al negocio: préstamos, aportaciones de capital y devoluciones deben tener contrato o acta que justifique su origen.
  • Prefiere las transferencias sobre el efectivo: las transferencias dejan rastro documental y facilitan la conciliación con las declaraciones.
  • Revisa tu checklist de cierre fiscal 2026 para detectar diferencias entre tu contabilidad y tus movimientos bancarios antes de que termine el ejercicio.

En Carbajal Contadores realizamos la conciliación mensual de tu contabilidad con tus movimientos bancarios y CFDI, detectamos discrepancias antes de que el SAT las encuentre, y preparamos la documentación necesaria para aclarar cualquier diferencia. Contáctanos para revisar tu situación fiscal.

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La información de este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y divulgativo. No constituye asesoría legal, jurídica, fiscal ni financiera. Las reglas sobre reportes de depósitos en efectivo están contenidas en los artículos 55 y 56 de la LISR y el artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito. El procedimiento de discrepancia fiscal está regulado por el artículo 91 de la LISR. Ante cualquier duda sobre tu situación fiscal específica, consulta con un contador público o asesor fiscal certificado. ¿Tienes discrepancias entre tus movimientos bancarios y tus declaraciones? Contáctanos y las revisamos antes de que el SAT lo haga.