Si tienes un negocio en México y realizas ventas en mostrador, al detalle o en línea sin solicitar datos fiscales a tus clientes, estás obligado a emitir una factura global al público en general (también llamada CFDI global). En 2026, las reglas cambiaron: el plazo de emisión se redujo de 72 a 24 horas, y hay especificidades importantes para quienes tributan en el RESICO. Ignorar estas reglas puede hacer que tus ingresos no queden documentados ante el SAT y que acumules multas de hasta $109,150 pesos.

¿Qué es la Factura Global al Público en General?

La factura global es un CFDI 4.0 que agrupa todas las operaciones realizadas con clientes que no solicitan factura individual durante un período determinado (día, semana, quincena o mes). Está regulada por la Regla 2.7.1.21 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2025) y el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación.

En lugar de emitir cientos de CFDI individuales por ventas en efectivo de montos pequeños, la factura global consolida esas ventas en un solo comprobante con RFC genérico. Es la forma legal de documentar ante el SAT los ingresos de clientes que no piden factura.

Datos Obligatorios del CFDI Global 2026

CampoValor requerido
RFC del receptorXAXX010101000
Nombre del receptorPÚBLICO EN GENERAL (exactamente así, en mayúsculas)
Régimen fiscal del receptor616 – Sin obligaciones fiscales
Uso de CFDIS01 – Sin efectos fiscales
Código postal del receptorEl mismo que tu domicilio fiscal
Exportación01 – No aplica
Tipo de comprobanteI – Ingreso

El Cambio Clave de 2026: El Plazo se Redujo a 24 Horas

Esta es la modificación más importante de la RMF 2026 para la factura global. Antes, el contribuyente tenía 72 horas desde el cierre del período para emitir el CFDI global. A partir de la RMF 2026, ese plazo se redujo a 24 horas. El incumplimiento de este plazo no invalida el CFDI, pero puede generar observaciones del SAT en auditorías de escritorio.

En términos prácticos, esto significa:

  • Periodicidad diaria: emites el CFDI al día siguiente, a más tardar en las primeras 24 horas del nuevo día.
  • Periodicidad semanal: el lunes tienes hasta medianoche del martes para emitir el CFDI de la semana anterior.
  • Periodicidad mensual: el 1 de cada mes tienes hasta el día 2 a medianoche para emitir el CFDI global del mes anterior.

¿Cuándo Aplica la Factura Global? El Límite de $2,000 Pesos por Operación

La factura global aplica para operaciones individuales con el público en general cuyo monto sea menor a $2,000 pesos por transacción y el cliente no haya solicitado CFDI con sus datos fiscales. Si una venta específica supera los $2,000 pesos y el cliente no te da sus datos para facturar, emites igualmente un CFDI individual con el RFC genérico XAXX010101000 —pero ese comprobante es un CFDI individual, no forma parte del global.

Periodicidades Disponibles (Excepto en RESICO)

Para la mayoría de los regímenes fiscales, el contribuyente puede elegir entre cuatro periodicidades para emitir su CFDI global:

PeriodicidadPeríodo que cubrePlazo para emitir
DiariaOperaciones del día24 horas después del cierre del día
SemanalLunes a domingo24 horas después del domingo
Quincenal1-15 o 16-fin de mes24 horas después del día 15 o último día
MensualMes completo24 horas después del último día del mes

Reglas Especiales para el RESICO en 2026

Si tributas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) como persona física, la RMF 2026 establece reglas específicas que debes conocer:

  • Periodicidad obligatoria: mensual. El RESICO solo permite factura global mensual —no puedes elegir diaria, semanal ni quincenal.
  • Simplificación de contenido: En el CFDI global del RESICO, la RMF 2026 permite incluir únicamente el monto total del período, sin necesidad de listar los folios individuales de cada operación con el cliente.
  • Base del pago mensual: Los ingresos del CFDI global mensual son la base para calcular tu pago de ISR mensual en RESICO (tasas del 1% al 2.5% según nivel de ingreso).
  • Fecha de emisión: También aplica el plazo de 24 horas desde el último día del mes.

Ver: RESICO Personas Físicas 2026: Tabla de Tasas ISR, Requisitos y Cuándo te Sacan del Régimen.

¿Qué Pasa si No Emito la Factura Global?

No emitir el CFDI global tiene consecuencias fiscales directas:

  • Los ingresos no quedan documentados ante el SAT, lo que puede interpretarse como omisión de ingresos en una revisión de escritorio.
  • Las deducciones relacionadas pueden rechazarse, ya que el SAT cruzará los CFDI de compras con los ingresos declarados.
  • Multa por no expedir comprobantes fiscales: de $18,100 a $109,150 pesos por infracción (artículo 83, fracción VII del CFF).
  • En RESICO, la omisión en pagos mensuales derivada de no facturar puede generar la expulsión del régimen tras 3 omisiones consecutivas.

Ver también: Obligaciones Fiscales de Agosto 2026: Calendario Completo para No Fallar con el SAT.

Cómo Corregir una Factura Global Emitida con Errores

Si emitiste el CFDI global con periodicidad, monto o datos incorrectos, la corrección se realiza mediante cancelación y reemisión. Las reglas de cancelación de CFDI 2026 aplican también a los CFDI globales: si el RFC receptor es el genérico XAXX010101000, puedes cancelar sin necesidad de aceptación del receptor. Ver: Cancelación de CFDI 2026: Nuevas Reglas y Plazos del SAT.

Preguntas Frecuentes

¿Debo emitir factura global si ya emití todos los CFDI individuales del período? No. La factura global solo es necesaria para las operaciones donde el cliente no solicitó factura individual. Si todos tus clientes piden CFDI, no necesitas global.

¿La factura global puede emitirse en cero si no hubo ventas al público en general? No hay obligación de emitir CFDI global por período sin operaciones. Sin embargo, si acostumbras emitirla mensualmente, es recomendable documentar en tu sistema que no hubo ventas en esa categoría.

¿El IVA cómo se traslada en el CFDI global? El CFDI global debe incluir el traslado de IVA (16% en general, 8% en zona fronteriza) correspondiente a las ventas gravadas del período, desglosado por tasa.

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⚠️ Aviso legal: La información de este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y divulgativo. No constituye asesoría fiscal ni legal. Las reglas descritas corresponden a la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2025 y sus modificaciones vigentes al 1 de agosto de 2026. Las multas indicadas corresponden a valores del CFF vigentes a esa fecha. La situación específica de cada contribuyente debe ser evaluada por un especialista en materia fiscal. ¿Necesitas ayuda con tu facturación? Contáctanos aquí.