El artículo 90 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece una obligación que muchos contribuyentes pasan por alto: si en el año recibiste préstamos, donativos o premios que en su conjunto superan los $600,000 pesos, debes incluirlos en tu declaración anual de ingresos de personas físicas. No declararlos no los hace invisibles para el SAT; al contrario, en 2026 el cruce de información entre bancos, notarías, CNBV y el propio SAT hace que estas entradas de dinero sean rastreables con una precisión mayor que nunca.

La omisión de estos ingresos es una de las señales del Plan Maestro de Fiscalización SAT 2026 que activan revisiones automáticas. Si el SAT detecta que recibiste dinero que no declaraste, puede presumir que son ingresos gravables y emitir un crédito fiscal que incluye el ISR omitido, recargos y multas que pueden alcanzar el 75% del impuesto no pagado.

¿Qué Dice la Ley? Artículo 90 de la LISR

El artículo 90 de la LISR establece que las personas físicas deben declarar como ingresos acumulables los préstamos, donativos y premios que reciban, cuando en su conjunto excedan de $600,000 pesos en el ejercicio, siempre que dichos ingresos sean distintos de los que ya se declararon en otros conceptos (sueldos, honorarios, arrendamiento, etc.).

La lógica de esta disposición es que el SAT considera que, si recibiste sumas importantes sin declararlas, podrían corresponder a ingresos no registrados que se disfrazan como préstamos o donativos para evitar el ISR. Por eso la ley incluye los tres conceptos juntos y establece un umbral acumulado.

¿Cuándo se Considera que un Préstamo o Donativo Supera el Umbral?

El cálculo es acumulativo durante el ejercicio fiscal. Es decir, el SAT suma todos los préstamos, donativos y premios que recibiste de enero a diciembre:

Tipo de ingresoMonto recibido en el año¿Se acumula para el umbral?
Préstamo de familiar$200,000✅ Sí
Donativo de empresa$150,000✅ Sí
Premio de rifa o sorteo$300,000✅ Sí
Total acumulado$650,000⚠️ Supera el umbral: debe declararse

En este ejemplo, aunque ningún ingreso individual supera $600,000, la suma total sí lo hace. El artículo 90 de la LISR es explícito: el umbral aplica al total conjunto de estos tres tipos de ingresos durante el ejercicio fiscal.

Cómo el SAT Detecta estos Ingresos en 2026

El SAT cruza automáticamente múltiples fuentes de información para detectar entradas de dinero que no aparecen en las declaraciones:

  • Información bancaria: Los bancos reportan mensualmente al SAT los depósitos, transferencias SPEI y movimientos en cuentas de personas físicas que superen ciertos umbrales. El SAT compara estos movimientos con los ingresos declarados.
  • Notarías: Las escrituras de donación de bienes inmuebles se reportan al SAT. Un donativo de un inmueble tiene un valor fiscal que la autoridad puede determinar y verificar.
  • CNBV: La Comisión Nacional Bancaria y de Valores comparte con el SAT información sobre inversiones, valores y movimientos financieros relevantes de personas físicas.
  • Reportes de operaciones con efectivo: Las operaciones en efectivo superiores a $100,000 pesos se reportan al SAT bajo la LISR y la Ley Antilavado (LFPIORPI).
  • Plataformas de juegos y premios: Los operadores de loterías, casinos y plataformas de juego en línea reportan los premios pagados directamente al SAT.

En 2026, el uso del sistema de inteligencia artificial del SAT permite cruzar toda esta información de forma automática y en tiempo casi real, lo que hace virtualmente imposible que un depósito significativo pase desapercibido.

Diferencia entre Préstamo, Donativo y Premio para el SAT

La distinción es relevante porque el tratamiento fiscal puede variar:

TipoDefinición para el SATTratamiento si supera el umbral
PréstamoEntrega de dinero con obligación de devolución, documentada con contratoSi está correctamente documentado y registrado como pasivo, NO es ingreso acumulable. Sin documentación, el SAT puede presumirlo como ingreso gravable
DonativoEntrega de bienes o dinero sin contraprestaciónAcumulable como ingreso en el monto que exceda el umbral conjunto. Los donativos entre ascendientes y descendientes en línea recta tienen tratamiento especial
PremioGanancia en loterías, rifas, sorteos o juegos con apuestaLa retención del ISR (1% sobre el valor del premio) se aplica en la fuente. Aun así, debe reportarse en la declaración anual si el total acumulado supera el umbral

¿Qué Pasa si no Declaré un Préstamo o Donativo en mi Declaración Anual?

Si presentaste tu declaración anual del ejercicio 2025 (con fecha límite 30 de abril de 2026 para personas físicas) y omitiste declarar préstamos, donativos o premios que superaban el umbral, todavía puedes corregir esta situación:

  1. Declaración complementaria: Puedes presentar una declaración complementaria para incluir los ingresos omitidos. Si la presentas de forma espontánea —antes de que el SAT te lo requiera— las multas se reducen significativamente o pueden eliminarse.
  2. Programa de Regularización Fiscal 2026: El Programa de Regularización del SAT 2026 permite regularizar adeudos de 2024 y ejercicios anteriores con condonación de hasta el 100% en multas y recargos. El plazo para ejercicios autodeterminados vence el 31 de diciembre de 2026.
  3. Consulta a un especialista: La estrategia de corrección depende del monto involucrado, del tipo de ingreso y de si el SAT ya generó una alerta. Un experto fiscal puede evaluar la mejor ruta según tu situación particular.

¿Qué Documentación Necesitas para Probar que fue un Préstamo y no un Ingreso?

Si el SAT cuestiona si una entrada de dinero fue realmente un préstamo, necesitas demostrar que:

  • Existe un contrato de mutuo (préstamo): Por escrito, con nombres de las partes, monto, fecha de entrega, tasa de interés (o declaración de que es sin interés) y plazo de devolución.
  • Está registrado en tu contabilidad como pasivo: En tu balance general como “préstamo por pagar” o “deuda con [nombre del prestamista]”.
  • Existe evidencia de la devolución (parcial o total): Las transferencias de regreso al prestamista son evidencia de que fue un préstamo real, no un ingreso.
  • El prestamista también lo tiene en su contabilidad: El SAT puede contrastar la situación tanto del que presta como del que recibe.

Un “préstamo” sin contrato, sin registro contable y sin evidencia de devolución es prácticamente indistinguible de un ingreso no declarado para el SAT. Por eso es fundamental que las transferencias bancarias estén bien documentadas incluso en el concepto del SPEI: solo escribir “préstamo” sin más detalle no es suficiente.

Multas por No Declarar Préstamos, Donativos o Premios

Si el SAT determina que los ingresos no declarados son acumulables, las consecuencias son:

ConceptoMonto o porcentaje
ISR omitidoTasa marginal del contribuyente (hasta 35%)
Actualización del crédito fiscalConforme al INPC desde el mes en que debió pagarse
Recargos1.47% mensual sobre el saldo actualizado
Multa por omisión de ingresos55% a 75% del impuesto omitido
Multa por no presentar declaración$1,810 a $44,790 pesos por declaración omitida

La suma de todos estos conceptos puede ser significativamente mayor que el impuesto original. Por eso regularizarse de forma espontánea, antes de que el SAT actúe, es siempre la opción más conveniente económicamente.

En Carbajal Contadores podemos revisar tu situación fiscal para identificar si tienes ingresos no declarados que deban corregirse, y diseñar la mejor estrategia para regularizarte antes de que el SAT actúe. Agenda tu consulta aquí.

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⚠️ Aviso legal: La información de este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y divulgativo. No constituye asesoría fiscal ni legal. Los umbrales, tasas y procedimientos descritos corresponden al artículo 90 de la LISR y demás disposiciones vigentes en julio de 2026, y pueden modificarse mediante reformas fiscales o criterios del SAT emitidos con posterioridad. Si tienes dudas sobre si debes declarar ciertos ingresos, se recomienda consultar a un especialista en materia fiscal. ¿Necesitas orientación personalizada? Contáctanos aquí.