Una Asociación Civil (A.C.) puede ser una organización sin fines de lucro, pero si cuenta con personal contratado, tiene exactamente las mismas obligaciones laborales y de seguridad social que cualquier empresa. Ignorar estas obligaciones puede generar multas, auditorías del IMSS y conflictos laborales. En este artículo te explicamos qué debe cumplir tu A.C. como patrón en 2026.
Registro como Patrón ante el IMSS
Desde el momento en que una A.C. contrata a su primer trabajador, debe darse de alta como patrón ante el IMSS mediante el trámite de Registro Patronal. Esto se realiza en línea a través del portal IMSS Digital o de forma presencial en la subdelegación correspondiente.
El registro patronal requiere:
- RFC de la asociación.
- Escritura constitutiva.
- Identificación oficial del representante legal.
- Comprobante de domicilio fiscal.
- Clase y fracción de riesgo de trabajo (determinada por el giro de actividades).
Cuotas IMSS 2026
Las cuotas obrero-patronales del IMSS se calculan sobre el Salario Base de Cotización (SBC) del trabajador. Para 2026, las principales ramas de aseguramiento son:
- Enfermedades y Maternidad: Cuota fija patronal del 20.40% del SMGDF + cuota adicional sobre SBC.
- Invalidez y Vida: Patrón 1.75%, trabajador 0.625% del SBC.
- Retiro (SAR): Patrón 2% del SBC.
- Cesantía y Vejez: Patrón 3.150%, trabajador 1.125% del SBC.
- Riesgos de Trabajo: Varía según la clase de riesgo (desde 0.50% hasta 7.59%).
- Guarderías y Prestaciones Sociales: Patrón 1% del SBC.
Aportaciones al INFONAVIT
Además del IMSS, la A.C. como patrón debe realizar aportaciones al INFONAVIT equivalentes al 5% del SBC de cada trabajador. Estas aportaciones se realizan de forma bimestral y se reportan a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) o mediante IDSE.
Nómina Timbrada: Obligación del CFDI
Desde 2017, es obligatorio emitir el CFDI de nómina (complemento de nómina 1.2) por cada pago realizado a trabajadores. En 2026 esto continúa siendo un requisito indispensable. El CFDI de nómina debe:
- Emitirse el mismo día del pago o antes.
- Incluir los conceptos de percepciones y deducciones correctamente clasificados.
- Enviarse al trabajador en formato XML y PDF.
- Conservarse como parte de la contabilidad electrónica.
Otras Obligaciones Laborales
- Retención y entero del ISR de nómina mensualmente al SAT.
- PTU (Participación de Trabajadores en las Utilidades): Las A.C. del Título III generalmente están exentas de PTU, pero deben verificar su situación particular.
- Aguinaldo: Mínimo 15 días de salario, a más tardar el 20 de diciembre.
- Prima vacacional: Mínimo 25% sobre el salario durante el período vacacional.
- Prima de antigüedad: 12 días de salario por año trabajado (a partir del 15° año o en caso de separación justificada).
Conclusión
Cumplir con las obligaciones laborales no es opcional, incluso para organizaciones sin fines de lucro. Un incumplimiento puede resultar en multas significativas y daño a la reputación de la organización. En Carbajal Contadores gestionamos la nómina y las obligaciones de seguridad social de tu A.C. con precisión y puntualidad. Contáctanos.
Fuentes: IMSS, INFONAVIT, LFT, SAT México, ContadorMx 2026.