Si tu empresa tiene empleados, necesitas saber que el Complemento de Nómina 1.2 sufrió cambios técnicos importantes con la Revisión E, vigente desde el 1° de enero de 2026. Estos cambios modifican las validaciones de los recibos de nómina digitales (CFDI de nómina), los montos del subsidio al empleo y los catálogos de percepciones y deducciones. No aplicarlos correctamente puede generar errores en tu sistema de nómina y CFDI rechazados por el SAT.

En este artículo te explicamos qué cambió exactamente, qué debes verificar en tu software de nómina y cuáles son las implicaciones fiscales para tu empresa.

¿Qué es el Complemento de Nómina 1.2 y la Revisión E?

El Complemento de Nómina 1.2 es el anexo técnico que va dentro del CFDI 4.0 y que desglosa la información del recibo de sueldo: percepciones, deducciones, otros pagos y el subsidio al empleo. La Revisión E es la quinta versión del complemento desde 2016, y fue publicada por el SAT en diciembre de 2025 con vigencia obligatoria a partir del 1° de enero de 2026.

A diferencia de otras actualizaciones, la Revisión E no modifica la estructura XML del complemento — el esquema del archivo no cambia —, pero sí actualiza los catálogos de percepciones, deducciones y otros pagos, así como las reglas de validación que aplica el PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) antes de timbrar el CFDI.

Cambio 1: Nuevas Reglas de Validación — Cero Simultáneo Prohibido en Gravado y Exento

La modificación más importante de la Revisión E introduce una nueva regla de validación: ya no se puede reportar valor cero simultáneamente en el importe gravado y en el importe exento para un mismo concepto de percepción. Hasta 2025, algunos sistemas de nómina capturaban ciertos conceptos con cero en ambos campos para efectos de control administrativo sin representar un movimiento económico real. Esto ya no es válido.

A partir de 2026, cada concepto de percepción que aparezca en el CFDI de nómina debe reflejar un monto real — ya sea gravado, exento o una combinación de ambos — pero no cero en los dos campos al mismo tiempo. Los CFDI que incumplan esta regla son rechazados por el PAC.

Cambio 2: Código 038 — “Otros Ingresos por Salarios” Solo Puede ser Gravado

El catálogo actualizado establece que el código “038 — Otros ingresos por salarios” debe ser reconocido en su totalidad como gravado. Si alguna empresa reportaba este concepto con una parte exenta, el sistema rechazará el CFDI. Todo el importe debe ir al campo de ImporteGravado, y el campo ImporteExento debe quedar en cero.

Este cambio busca eliminar prácticas de optimización fiscal que artificialmente reducían la base gravable de los trabajadores al catalogar ingresos de naturaleza salarial como parcialmente exentos.

Cambio 3: Actualización del Subsidio al Empleo 2026

La tabla del subsidio al empleo fue actualizada conforme al incremento del salario mínimo. Los cambios más relevantes son:

ParámetroHasta 2025Desde enero 2026
Monto mínimo subsidiado$407.02 pesos$628.00 pesos
Importe subsidiado en catálogo$475.00 pesos$628.00 pesos
Factor máximo de cálculo13.3920.66

Si tu software de nómina no ha aplicado esta actualización, los CFDI de nómina de trabajadores que perciban salario mínimo o salarios cercanos pueden estar reflejando un subsidio al empleo menor al que corresponde legalmente, lo que perjudica directamente al trabajador. Verifica con tu proveedor de software que ya aplicó la tabla actualizada 2026.

Cambio 4: Cuatro Nuevos Códigos de Deducción en el Catálogo

Desde el 1° de enero de 2026, el SAT incorporó 4 nuevos códigos en el catálogo de Tipos de Deducción del complemento de nómina. Estos nuevos códigos permiten diferenciar con mayor precisión conceptos que antes se agrupaban bajo categorías genéricas, como:

  • Días de descanso semanal laborados vs. días de descanso no laborados
  • Días festivos trabajados distinguidos de los no trabajados
  • Conceptos de retención por créditos sindicales específicos
  • Descuentos por incapacidades parciales dentro del mismo periodo de nómina

La correcta asignación de estos nuevos códigos es fundamental para que la información que envías al SAT a través del CFDI de nómina coincida con los registros patronales en el IMSS y no genere inconsistencias en auditorías cruzadas. Consulta con tu proveedor de nómina qué mapeo se requiere en tu sistema.

Cambio 5: Código “001” en Otros Pagos — Uso Restringido a Devoluciones No Enteradas al SAT

El código “001 — Reintegro de ISR retenido en exceso” dentro del catálogo de Otros Pagos tiene ahora una restricción de uso: solo puede utilizarse para reembolsar al trabajador la diferencia de ISR retenido en exceso que la empresa no entregó previamente al SAT. Si el ISR ya fue enterado al fisco, el procedimiento de devolución debe tramitarse por vía diferente — compensación o devolución formal ante el SAT —, no a través del recibo de nómina.

Impacto en la Nómina y la Relación con el IMSS

Los cambios en el Complemento de Nómina no son solo técnicos. La información que transmites en cada CFDI de nómina es cruzada por el SAT con los datos que el IMSS tiene de tus trabajadores. Si hay discrepancias entre lo que reportas en el CFDI (percepciones, subsidio, base de cotización) y los movimientos afiliatorios en el IMSS, podrías enfrentar diferencias en cuotas patronales.

El cuarto aumento escalonado en cuotas IMSS de 2026 ya incrementó el costo patronal. Una clasificación incorrecta en el CFDI de nómina puede agravar estas diferencias y generar requerimientos del IMSS. También considera que la contabilidad electrónica que envías mensualmente al SAT incluye esta información, por lo que las inconsistencias pueden derivar en auditorías.

Pasos Inmediatos que Debe Tomar tu Empresa

  • Paso 1: Contacta a tu proveedor de software de nómina (CONTPAQi, Aspel NOI, SAP, Oracle, Microsip u otro) y confirma que ya aplicó la actualización de la Revisión E.
  • Paso 2: Verifica que la tabla del subsidio al empleo en el sistema ya refleja los nuevos montos 2026 ($628.00 de mínimo).
  • Paso 3: Revisa los catálogos de percepciones y deducciones de tu sistema y asegúrate de que el código 038 no tiene importe exento asignado.
  • Paso 4: Capacita a tu equipo de nómina en los nuevos códigos de deducción para evitar errores de clasificación en los próximos recibos.
  • Paso 5: Si ya timbraste CFDI de nómina en 2026 con el catálogo anterior, consulta con tu contador si es necesario cancelar y retimbrar algún recibo.

Si requieres que un experto en nómina fiscal revise tu cumplimiento con la Revisión E del Complemento de Nómina 1.2 o necesitas apoyo para implementar los cambios correctamente, en Carbajal Contadores contamos con especialistas en nómina fiscal. Contáctanos aquí.

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