Las criptomonedas —Bitcoin, Ethereum, Solana, USDT y cientos más— han dejado de ser una curiosidad tecnológica para convertirse en una forma real de inversión, pago y ahorro para millones de mexicanos. Lo que muchos no saben es que el SAT ya tiene criterios claros sobre cómo tributan, y que ignorarlos puede derivar en diferencias fiscales, multas y recargos.
Si compras, vendes, intercambias o recibes criptomonedas como pago por servicios, este artículo es para ti.
¿El SAT reconoce las criptomonedas?
Sí. El SAT ha emitido criterios en los que clasifica las criptomonedas como bienes intangibles, no como moneda de curso legal. Esto tiene una implicación fiscal importante: cuando vendes o intercambias cripto y obtienes una ganancia, pagas ISR sobre esa ganancia, igual que cuando vendes acciones en bolsa.
¿Cuándo se genera un evento fiscal con criptomonedas?
Cada una de estas acciones puede generar una obligación fiscal:
- Vender cripto por pesos o dólares con ganancia respecto al precio de compra
- Intercambiar una cripto por otra (por ejemplo, BTC por ETH) — el SAT lo considera una enajenación
- Recibir cripto como pago por servicios — el valor en pesos al momento del cobro es ingreso gravable
- Ganar cripto por staking, mining o rendimientos DeFi — son ingresos en el momento de recibirlos
- Usar cripto para comprar bienes o servicios — se considera enajenación del activo
Ojo: simplemente comprar y mantener (“hodl”) sin vender no genera evento fiscal mientras no haya una enajenación.
¿Cuánto ISR pagas por ganancias en cripto?
La ganancia se calcula así:
Ganancia = Precio de venta (en pesos) − Costo de adquisición (en pesos)
Si compraste 1 BTC a $500,000 MXN y lo vendiste a $900,000 MXN, tu ganancia gravable es $400,000 MXN.
Esa ganancia se acumula a tus demás ingresos del año y tributa con la tarifa progresiva de ISR (que puede llegar hasta el 35% en los tramos más altos). Si tuviste pérdidas en algunas operaciones, puedes compensarlas contra las ganancias del mismo año.
¿Cómo se convierte el valor a pesos?
El SAT exige que todos los montos se reporten en pesos mexicanos. Para convertir:
- Usa el tipo de cambio del Banco de México (Banxico) del día en que ocurrió la transacción
- Guarda evidencia de cada operación: fecha, cantidad de cripto, precio en USD/MXN, tipo de cambio usado
- Las plataformas como Bitso, Binance o Coinbase suelen exportar historial de transacciones — descárgalo y consérvalo
¿Y el IVA en criptomonedas?
Este es un punto importante y aún con cierta ambigüedad en México. En general:
- La compraventa de cripto entre particulares como activo de inversión no genera IVA explícito
- Si recibes cripto como pago por servicios que ya causan IVA (honorarios, actividad empresarial), el IVA se aplica sobre el valor en pesos de la cripto recibida
- Los exchanges y plataformas de intercambio pueden tener sus propias obligaciones de IVA dependiendo de su estructura legal
Dado que la legislación sigue evolucionando, es importante consultar con un especialista antes de reportar.
¿En qué régimen declaro mis ganancias en cripto?
Depende de tu situación:
Inversionista ocasional (persona física)
Si compras y vendes cripto de forma esporádica como inversión personal, las ganancias van en tu declaración anual como “enajenación de bienes”. No requieres hacer pagos provisionales mensuales, pero sí incluirlas en abril del año siguiente.
Trader activo o actividad frecuente
Si operas cripto de forma habitual y frecuente (varias operaciones por semana), el SAT puede considerar que realizas una actividad empresarial, lo que implica pagos provisionales mensuales, declaración de IVA y mayor carga administrativa.
Recibes cripto como pago por servicios
Si eres freelancer o profesionista y tu cliente te paga en cripto, ese ingreso se acumula en tu régimen habitual (RESICO o actividad profesional) al valor en pesos del día de cobro. Debes emitir CFDI por ese monto.
Plataformas más usadas en México y sus reportes al SAT
Bitso (plataforma mexicana) está obligada a reportar transacciones de sus usuarios al SAT. Si tienes cuenta en Bitso y has realizado operaciones, el SAT ya tiene información de tus movimientos. Otras plataformas internacionales como Binance o Coinbase no reportan directamente al SAT mexicano, pero el SAT puede solicitar información mediante convenios de intercambio fiscal internacional.
Errores que debes evitar
1. No declarar porque “es digital y no se ve”
El SAT cruza información bancaria. Si recibes transferencias de Bitso o exchanges internacionales, el banco los reporta. Tarde o temprano aparecen.
2. No llevar registro de cada operación
Sin historial de costos de adquisición, no puedes calcular tus ganancias reales. El SAT podría considerar como ganancia el precio de venta completo si no demuestras cuánto pagaste originalmente.
3. Pensar que las pérdidas “no importan”
Las pérdidas en cripto sí son deducibles y pueden compensarse contra otras ganancias del mismo tipo. Declararlas correctamente puede reducir tu ISR.
4. Creer que intercambiar cripto por cripto no cuenta
Cambiar BTC por ETH es una enajenación para el SAT. Si vendiste BTC a $900,000 y lo compraste a $500,000, tienes $400,000 de ganancia gravable, aunque nunca hayas tocado un peso.
¿Necesitas un contador para declarar tus criptomonedas?
Dado que la normativa fiscal en cripto es relativamente nueva, muchos contadores no están actualizados en el tema. En Carbajal Contadores seguimos de cerca los criterios del SAT para activos digitales y podemos ayudarte a:
- Revisar tu historial de operaciones y calcular tu ganancia/pérdida real
- Incluir correctamente tus ganancias en cripto en tu declaración anual
- Determinar si tus operaciones generan obligaciones mensuales adicionales
- Regularizarte si llevas años operando sin declarar
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