Rentar una propiedad en Airbnb, Booking.com, VRBO o cualquier plataforma de hospedaje se ha convertido en una fuente de ingresos muy popular en México. Pero lo que muchos anfitriones no saben es que el SAT tiene acceso a la información de estas plataformas y que esos ingresos están sujetos a ISR e IVA, exactamente igual que cualquier otro ingreso por arrendamiento.
Si rentas en plataformas digitales y no lo estás declarando, estás acumulando un riesgo fiscal que puede convertirse en multas, recargos y hasta embargo de cuentas.
¿Cómo sabe el SAT que rentas en Airbnb?
Desde 2020, las plataformas digitales de hospedaje están obligadas a retener y enterar impuestos directamente al SAT por los ingresos de sus anfitriones mexicanos. Esto significa que Airbnb ya le reporta al SAT cuánto recibiste cada mes. Si no presentas tus declaraciones, el SAT tiene los datos para comparar y detectar la omisión automáticamente.
¿Qué impuestos genera rentar en Airbnb?
Rentar una propiedad a través de plataformas genera dos impuestos principales:
1. ISR (Impuesto Sobre la Renta)
Tus ingresos por hospedaje son ingresos por arrendamiento para el SAT. La plataforma retiene el 4% de ISR sobre cada pago que recibes como retención provisional. Sin embargo, esto no te exime de presentar tus declaraciones mensuales y anual: la retención es solo un adelanto, no el pago final.
En tu declaración anual, puedes optar por:
- Deducción ciega del 35% sobre tus ingresos brutos (sin necesidad de comprobar gastos), más las contribuciones prediales y cuotas de mantenimiento pagadas.
- Deducciones reales: gastos de mantenimiento, reparaciones, depreciación del inmueble, primas de seguro, servicios (agua, luz, internet) en proporción al uso arrendado.
2. IVA (Impuesto al Valor Agregado)
Aquí viene la parte que más sorprende a los anfitriones: el hospedaje temporal sí causa IVA al 16%, a diferencia del arrendamiento de casa habitación de largo plazo que está exento.
La buena noticia es que Airbnb y otras plataformas retienen el 8% de IVA directamente sobre cada cobro. El otro 8% es tu responsabilidad declararlo y enterarlo al SAT mensualmente.
¿Cuánto retiene Airbnb exactamente?
| Impuesto | Lo retiene Airbnb | Tu responsabilidad adicional |
|---|---|---|
| ISR | 4% sobre ingresos | Declaración mensual y anual (acreditas la retención) |
| IVA | 8% sobre ingresos | Declarar el 8% restante y enterar al SAT mensualmente |
Importante: Si la plataforma no te hace estas retenciones (por ejemplo, Booking.com en algunos casos), tú eres responsable del 100% de ISR e IVA sin retención previa.
¿En qué régimen fiscal tributa un anfitrión de Airbnb?
Depende de cómo estructures tu actividad:
Arrendamiento (persona física)
Si simplemente rentas tu propiedad sin prestar servicios adicionales (limpieza, desayuno, etc.), tributas en el Régimen de Arrendamiento. Presentas declaraciones mensuales de ISR e IVA y declaración anual en abril.
Actividad empresarial
Si rentas múltiples propiedades, ofreces servicios adicionales (traslados, tours, alimentos) o tienes personal a cargo, el SAT puede clasificarlo como actividad empresarial, lo que implica mayores obligaciones pero también más deducciones.
¿Puede un anfitrión estar en RESICO?
Los ingresos por arrendamiento en plataformas digitales de corta estancia no califican para RESICO persona física en la mayoría de los casos, ya que generan IVA al 16% y tienen un régimen específico. Consulta con un contador para analizar tu caso.
Ejemplo práctico: ¿cuánto pagarías?
Supongamos que rentas tu departamento en Airbnb y recibes $20,000 MXN al mes ($240,000 al año):
- Airbnb retiene ISR: $20,000 × 4% = $800 MXN/mes
- Airbnb retiene IVA: $20,000 × 8% = $1,600 MXN/mes
- IVA adicional que debes enterar: $20,000 × 8% = $1,600 MXN/mes
- ISR real anual (con deducción ciega 35%): sobre ~$156,000 base, pagas aprox. $18,000–$25,000 MXN al año según tu situación fiscal completa, descontando retenciones.
Obligaciones mensuales del anfitrión de plataformas de hospedaje
- Presentar declaración mensual de ISR a más tardar el día 17 (acreditando la retención de Airbnb)
- Presentar declaración mensual de IVA enterando el 8% complementario
- Conservar los estados de cuenta de la plataforma como comprobantes de ingresos y retenciones
- Emitir CFDI de arrendamiento cuando el huésped sea empresa y lo solicite
Errores frecuentes de los anfitriones mexicanos
1. Creer que Airbnb “ya pagó todo”
La retención de 4% ISR y 8% IVA es solo una parte. Sigues obligado a presentar declaraciones mensualmente.
2. No darse de alta en el SAT
Si recibes ingresos por Airbnb y no tienes RFC o régimen de arrendamiento activo, estás en situación de omisión fiscal desde el primer pago.
3. No separar gastos del inmueble
Si aplicas deducciones reales, necesitas facturas de todos los gastos: mantenimiento, reparaciones, internet, etc. Sin CFDI no hay deducción.
4. Confundir arrendamiento corto con largo plazo
Rentar por Airbnb (días o semanas) causa IVA 16%. Rentar una casa habitación por más de un mes a un inquilino fijo está exento de IVA. Son regímenes fiscales completamente distintos.
5. No declarar cuando la plataforma paga en dólares
Si tu pago llega en USD, debes convertirlo al tipo de cambio Banxico del día de cobro. El SAT verá las transferencias en tus estados de cuenta.
¿Necesitas un contador para tu Airbnb?
Si tienes una o varias propiedades en plataformas de hospedaje y quieres asegurarte de cumplir con el SAT sin pagar más de lo que debes, en Carbajal Contadores te ayudamos a:
- Darte de alta en el régimen correcto
- Presentar tus declaraciones mensuales de ISR e IVA
- Optimizar tus deducciones (ciega vs. reales)
- Regularizarte si llevas tiempo sin declarar
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