Si tienes una cuenta de ahorro, depósito a plazo fijo o cualquier producto bancario que te genera intereses, tu banco está reteniendo ISR en tu nombre cada mes. La mayoría de las personas no lo nota porque el banco lo descuenta automáticamente del rendimiento. Pero ¿sabes exactamente cuánto te están reteniendo y si es correcto?
¿Por Qué el Banco Retiene ISR sobre Mis Intereses?
Conforme al Artículo 54 de la Ley del ISR, las instituciones que paguen intereses a personas físicas tienen la obligación de retener y enterar el ISR correspondiente. El banco actúa como retenedor sustituto del SAT — hace el trabajo de retención en tu nombre para que no tengas que calcular y pagar el ISR tú mismo en cada período.
¿Cuánto Retiene el Banco Exactamente?
La tasa de retención de ISR sobre intereses bancarios se establece anualmente en la Ley de Ingresos de la Federación. Para 2026 la tasa provisional es del 0.50% anual sobre el saldo promedio diario de la inversión.
Es importante notar que:
- La tasa se aplica sobre el capital (saldo), no sobre los intereses generados
- Es una retención provisional, no necesariamente el ISR definitivo que debes pagar
Ejemplo:
- Saldo promedio en tu cuenta de ahorro: $200,000
- Retención anual (0.50%): $1,000
- Intereses generados al 6% anual: $12,000
- ISR real si tu tasa marginal es 10%: $1,200
- Diferencia a pagar en declaración anual: $200
¿Qué Banco Retiene Más? Comparativa
La tasa de retención es la misma para todos los bancos (0.50% sobre capital) porque está fijada por ley. Lo que varía entre instituciones es:
- La tasa de interés ofrecida (BBVA, Santander, HSBC ofrecen tasas distintas)
- La forma de calcular el saldo promedio (diario, mensual)
- Los productos: cuenta de ahorro, CEDES (Certificados de Depósito), pagarés bancarios
Nu, Mercado Pago, Hey Banco: ¿También Retienen ISR?
Sí. Las entidades financieras digitales (Nu, Mercado Pago, Hey Banco, Spin by OXXO, etc.) también tienen la obligación de retener ISR sobre los intereses que pagan, exactamente igual que los bancos tradicionales.
Diferencia práctica: los bancos digitales suelen ofrecer tasas de interés más altas (Nu ha pagado hasta 15% anual), por lo que generan más intereses y más retención de ISR.
La Constancia de Retenciones: Documento Clave
Cada año, tu banco o institución financiera debe entregarte una Constancia de Retenciones de ISR por Intereses a más tardar el 15 de febrero del año siguiente. Este documento muestra:
- Total de intereses nominales pagados en el año
- Total de intereses reales (ajustados por inflación — solo los reales son gravables)
- ISR retenido durante el año
- Pérdida por inflación (si la inflación superó la tasa de interés)
La diferencia entre intereses nominales e intereses reales es importante: si la inflación del año fue del 5% y tu cuenta pagó 4%, técnicamente tuviste una pérdida real y podrías tener un saldo a favor.
Intereses Reales vs. Intereses Nominales
La Ley del ISR grava los intereses reales, no los nominales:
Intereses reales = Intereses nominales − Pérdida por inflación
Si la inflación supera a tus intereses, tu interés real es negativo (pérdida) y no hay ISR que pagar. En algunos años de alta inflación, muchos ahorradores no pagan ISR neto sobre sus intereses bancarios.
¿Tengo que Declarar los Intereses Bancarios?
Depende de tu situación:
- Asalariado con ingresos adicionales < $100,000: Si los intereses no superan ese umbral junto con otros ingresos adicionales, podrías no estar obligado a presentar declaración anual
- Asalariado con intereses > $100,000: Sí debes declarar
- Persona física con actividad empresarial o profesional: Siempre debes declarar, incluyendo todos los intereses
- Persona sin obligación de declarar: La retención del banco se convierte en pago definitivo
¿Cómo Recuperar la Retención si Pagué de Más?
Si al calcular tu ISR real en la declaración anual resulta que la retención del banco fue mayor al impuesto que deberías haber pagado, tienes un saldo a favor. Puedes:
- Solicitarlo en devolución al SAT (vía declaración anual)
- Compensarlo contra otros impuestos a cargo
Este caso es común para personas con tasas marginales bajas o que tuvieron pérdidas inflacionarias.