Las prestaciones de ley son derechos mínimos que garantiza la Ley Federal del Trabajo a todos los trabajadores en México. No otorgarlas correctamente es una infracción laboral y fiscal que puede resultar en demandas, cuotas no pagadas al IMSS y multas del IMSS e INFONAVIT.
Prestaciones Mínimas de Ley
- Vacaciones: 12 días en el primer año, con incremento de 2 días por año hasta el quinto; 2 días por cada 5 años adicionales (reforma 2023)
- Prima vacacional: 25% del salario de los días de vacaciones
- Aguinaldo: 15 días de salario mínimo al año, pagadero antes del 20 de diciembre
- IMSS: alta en los seguros correspondientes
- INFONAVIT: aportación del 5% del SBC
- PTU: 10% de las utilidades fiscales
Reforma Laboral 2023: Más Días de Vacaciones
A partir de 2023 el mínimo de vacaciones en el primer año aumentó de 6 a 12 días. Para trabajadores con antigüedad mayor a un año, la nueva tabla otorga más días que la anterior. Esta reforma ya está en vigor y su incumplimiento es sancionable.
Prestaciones Superiores a la Ley
Muchas empresas ofrecen prestaciones adicionales: seguro de gastos médicos mayores, fondo de ahorro, vales de despensa, becas educativas, caja de ahorro. Estas prestaciones mejoradas tienen reglas fiscales específicas sobre cuándo son exentas para el trabajador y cuándo son deducibles para la empresa.
Vales de Despensa: Tope Fiscal
Los vales de despensa son exentos de ISR para el trabajador hasta el 40% del salario mínimo mensual. El excedente es ingreso gravado para el empleado y debe integrarse al SBC para el IMSS.