Si declaras ingresos por honorarios profesionales o actividad empresarial bajo el régimen de Actividad Empresarial y Profesional, tu declaración anual tiene características específicas que debes conocer para presentarla correctamente y aprovechar todas tus deducciones.

Régimen de Actividad Empresarial y Profesional

Este régimen aplica a personas físicas que ejercen profesiones de forma independiente (médicos, abogados, contadores, arquitectos, consultores) y a quienes tienen negocios que no califican para RESICO por superar $3.5 millones anuales.

¿Cómo se Calcula el ISR Anual?

Ingresos acumulables del año − Deducciones autorizadas del negocio − Deducciones personales = Base gravable. A la base gravable se le aplica la tarifa anual del artículo 152 de la LISR. Los pagos provisionales mensuales se acreditan contra el impuesto anual.

Deducciones Autorizadas para Honorarios

  • Gastos estrictamente indispensables para la actividad (oficina, equipo, software)
  • Renta de consultorio u oficina
  • Salarios de empleados
  • Cuotas IMSS como patrón
  • Combustible del vehículo usado en la actividad (hasta el 25% del gasto total en auto)
  • Depreciación de activos fijos

Documentos para la Declaración Anual

  • Relación de ingresos por honorarios del año (CFDIs emitidos)
  • Relación de gastos deducibles con CFDI
  • Retenciones de ISR que te hicieron tus clientes
  • Pagos provisionales realizados en el año

Ventaja: Acumulación de Pérdidas

Si en algún año tus gastos superan tus ingresos, generas una pérdida fiscal que puedes amortizar en los 10 años siguientes. Esta es una ventaja importante del Régimen de Actividad Empresarial vs. RESICO.

⚠️ Aviso legal: La información de este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y divulgativo. No constituye asesoría fiscal, contable ni legal. Las disposiciones tributarias pueden cambiar; consulta siempre con un profesional antes de tomar decisiones. ¿Necesitas orientación personalizada? Contáctanos aquí.