Si transportas mercancías por carretera en México, la Carta Porte es obligatoria desde 2022. Este complemento del CFDI acredita la propiedad, procedencia y destino de los bienes transportados y es requerido por la autoridad durante cualquier revisión en carretera.

¿Qué es el Complemento Carta Porte?

Es un complemento que se agrega al CFDI de traslado o ingreso cuando se transportan bienes por carretera, ferrocarril, transporte marítimo o aéreo. Contiene información detallada sobre el origen, destino, transportista, unidad vehicular, operador y mercancía.

¿Quiénes Deben Emitirlo?

  • Transportistas que prestan servicio de flete (servicio de transporte de terceros)
  • Empresas que trasladan sus propias mercancías en vehículos propios o rentados
  • Cualquier contribuyente que mueva bienes en territorio nacional

Tipos de CFDI con Carta Porte

  • CFDI de Traslado: cuando el dueño de la mercancía es el mismo que la transporta (sin cobro de flete)
  • CFDI de Ingreso: cuando una empresa transportista cobra por el servicio

Información Requerida en la Carta Porte

Lugar y fecha de salida, lugar de destino, tipo de transporte y número de vehículo, nombre y licencia del operador, descripción detallada de la mercancía (peso, cantidad, fracción arancelaria si aplica), y datos del propietario.

Consecuencias de no Traer Carta Porte

Las autoridades (SAT, IMPI, SCT) pueden detener el vehículo durante revisiones, aplicar multas y en casos extremos confiscar la mercancía. La multa por no traer el documento puede ir de $6,470 a $21,570 pesos según el CFF.

⚠️ Aviso legal: La información de este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y divulgativo. No constituye asesoría fiscal, contable ni legal. Las disposiciones tributarias pueden cambiar; consulta siempre con un profesional antes de tomar decisiones. ¿Necesitas orientación personalizada? Contáctanos aquí.