El CFDI 4.0 entró en vigor el 1 de enero de 2022 y es la única versión válida desde el 1 de abril de 2023. Valida al timbrar que los datos del receptor coincidan con el padrón del SAT, así que muchos errores se traducen en rechazos inmediatos; otros pasan el timbrado pero generan diferencias que el SAT detecta después.

1. RFC del receptor con un error

Un carácter mal capturado basta para el rechazo. Pídele a tu cliente sus datos fiscales por escrito; no puedes exigirle la constancia de situación fiscal, pero sí los datos que el CFDI requiere.

2. Nombre con el régimen societario

El nombre o razón social debe coincidir con el registrado en el SAT, sin el régimen de capital: “GRUPO COMERCIAL”, no “Grupo Comercial, S.A. de C.V.”. Incluir “S.A. de C.V.” es una de las causas de rechazo más comunes.

3. Código postal y régimen fiscal del receptor

El código postal debe ser el del domicilio fiscal del cliente y el régimen, uno que tenga activo. Si tu cliente cambió de domicilio o de régimen, el timbrado falla hasta que actualices sus datos.

4. Uso de CFDI incompatible

El uso debe ser compatible con el régimen del receptor. Las claves de deducciones personales (D01 a D10) solo son para personas físicas; a una empresa normalmente le corresponde G01, G03 o I01 a I08, según lo que compre. S01 se usa cuando el comprobante no tendrá efectos fiscales para el receptor.

5. PUE en lugar de PPD

Usa PUE solo si te pagan completo al facturar o, a más tardar, el último día del mes de la factura. Si el pago llegará después o en partes, es PPD. Con PUE sin pago real, tu cliente acredita un IVA que todavía no pagó y ambos quedan expuestos.

6. No emitir el complemento de pago

Cada cobro de una factura PPD requiere un complemento de pago, a más tardar el quinto día natural del mes siguiente al del pago. Sin él, tu cliente no puede acreditar el IVA.

7. Sello digital vencido o restringido

El CSD dura hasta cuatro años y se renueva con tu e.firma vigente. Además, el SAT puede restringirlo temporalmente por causas del artículo 17-H Bis. Revisa su vigencia cada trimestre.

8. IVA de 8% sin estar en el padrón

La tasa de 8% en la región fronteriza es un estímulo: solo aplica si te inscribiste en el padrón de beneficiarios y cumples sus requisitos, y únicamente por las operaciones que realizas en tus establecimientos de esa región. Revisa nuestra guía de zona libre de la frontera.

9. Carta Porte incompleta

Si mueves mercancía por carreteras federales necesitas el complemento Carta Porte 3.1. Emitirlo sin el complemento o con datos incorrectos tiene multa de $22,300 a $127,530 por comprobante en 2026.

10. Cancelar mal

Toda cancelación lleva un motivo (01 a 04) y, cuando es por errores, el CFDI que la sustituye. Algunos comprobantes se cancelan sin aceptación del receptor; en los demás, el receptor tiene tres días hábiles para responder. Detalle en nuestra guía de cancelación de CFDI.

Qué pasa si los errores se repiten

Un error aislado se corrige con una cancelación y una nueva factura. Errores repetidos generan diferencias entre lo facturado y lo declarado, que suelen terminar en una carta invitación. Expedir comprobantes sin requisitos tiene multa de $22,300 a $127,530 por comprobante (artículos 83 fr. VII y 84 fr. IV del CFF, montos 2026).

Preguntas frecuentes

¿Puedo exigir la constancia de situación fiscal para facturar?

No. Puedes pedir los datos que requiere el CFDI, pero no condicionar la factura a la constancia. Ver constancia de situación fiscal.

Me pagaron días después pero en el mismo mes, ¿PUE o PPD?

Si el pago completo llegó antes de terminar el mes de la factura, puedes usar PUE.

Fuentes

  • SAT, Anexo 20 y guía de llenado del CFDI 4.0 y del complemento de pagos.
  • Resolución Miscelánea Fiscal 2026, sección 2.7.1.
  • Código Fiscal de la Federación, artículos 29, 29-A, 83 y 84; Anexo 5 de la RMF 2026.

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Revisado por María del Rosario Carbajal, contadora y responsable de comunicación de Carbajal Urrutia y Asociados. Actualizado: octubre de 2026.

La información de este artículo es de carácter informativo y no constituye asesoría fiscal. Los catálogos del SAT se actualizan con frecuencia.