Los CETES (Certificados de la Tesorería de la Federación) son el instrumento de inversión más popular entre los mexicanos que comienzan a invertir. Seguros, respaldados por el gobierno federal y accesibles desde $100 pesos a través de CetesDirecto o apps como GBM, Nu o Flink. Pero hay algo que pocos inversionistas consideran antes de invertir: los rendimientos de los CETES pagan ISR.

¿Qué son los CETES y Cómo Generan Rendimientos?

Los CETES son títulos de deuda emitidos por el gobierno federal mexicano a través de la Secretaría de Hacienda (SHCP) y administrados por el Banco de México. Cuando compras CETES:

  • Prestas dinero al gobierno por un plazo determinado (28, 91, 182 o 364 días)
  • Al vencimiento recibes tu capital más los intereses (rendimientos)
  • Los rendimientos varían según la tasa vigente en cada subasta

En 2025, las tasas de CETES llegaron a rondar el 10-11% anual, lo que los hizo muy atractivos. En 2026 las tasas han bajado siguiendo la política monetaria de Banxico.

¿Los CETES Pagan ISR?

Sí. Los intereses que generan los CETES son ingresos por intereses y están gravados con ISR conforme al Artículo 135 de la Ley del ISR.

La tasa de retención sobre intereses de deuda gubernamental para personas físicas residentes en México es del 0.50% anual sobre el capital (tasa de retención provisional, no sobre los intereses).

¿Cómo Funciona la Retención?

La plataforma o institución donde tienes tus CETES (CetesDirecto, GBM, Nu, Flink, etc.) retiene el ISR automáticamente cada vez que se generan o acreditan intereses. Tú recibes el rendimiento ya descontada la retención.

Esta retención es provisional — al hacer tu declaración anual puedes ajustar si pagaste de más o de menos según tu tasa marginal efectiva de ISR.

Tasa de Retención vs. Tasa Real de ISR

El 0.50% sobre capital es la retención provisional, pero la tasa real de ISR que pagas sobre los intereses depende de tu situación fiscal:

  • Si tu tasa marginal de ISR es baja (ingresos bajos): la retención puede ser mayor al ISR real que deberías pagar → tienes saldo a favor
  • Si tu tasa marginal es alta (ingresos altos): la retención puede ser menor → debes pagar la diferencia en tu declaración anual

Ejemplo:

  • Capital en CETES: $100,000
  • Retención automática (0.50% anual): $500
  • Intereses generados en el año al 9%: $9,000
  • ISR real si tu tasa marginal es 10%: $900
  • Diferencia a pagar en declaración anual: $400

¿Debo Incluir los CETES en mi Declaración Anual?

Sí, siempre que hayas generado intereses. Los intereses de CETES son ingresos acumulables y deben reportarse en la declaración anual en el apartado de "Ingresos por intereses".

La plataforma donde inviertes debe proporcionarte una constancia de retenciones (antes del 15 de febrero del año siguiente) que indica cuánto ganaste y cuánto te retuvieron. Esta información también puede aparecer prellenada en el SAT si la institución reportó correctamente.

¿Qué pasa si no los declaro?

El SAT recibe información directamente de las plataformas y bancos. Si generas intereses de CETES y no los declaras, el SAT puede detectar la discrepancia y enviarte una invitación a corregir o iniciar una auditoría.

CETES en Plataformas Fintech: ¿Funciona Igual?

Cuando inviertes en CETES a través de GBM+, Nu Invest, Flink, Kuspit o Cetesdirecto, el tratamiento fiscal es el mismo. La plataforma hace las veces de intermediario financiero y es responsable de realizar la retención del ISR.

Diferencia importante: algunas plataformas invierten tu dinero en fondos de deuda gubernamental que a su vez compran CETES — en ese caso los rendimientos se tratan como intereses de fondos (con el mismo tratamiento fiscal general).

Bonos del Gobierno: BONDES, UDIBONOS, BONOS M

Además de los CETES existen otros instrumentos de deuda gubernamental:

Instrumento Característica ISR
CETES Tasa fija, corto plazo Retención 0.50% sobre capital
BONDES D Tasa variable (TIIE), largo plazo Mismo esquema
UDIBONOS Indexados a inflación (UDIS) Mismo esquema
BONOS M Tasa fija, largo plazo Mismo esquema

Todos los instrumentos de deuda gubernamental federal tienen el mismo tratamiento fiscal para personas físicas.

Estrategia: CETES y Declaración Anual

Para personas con ingresos bajos o medios que solo invierten en CETES:

  • La retención automática puede ser suficiente o incluso excesiva
  • En la declaración anual pueden recuperar parte de la retención como saldo a favor

Para personas con ingresos altos (tasa marginal del 30-35%):

  • La retención del 0.50% sobre capital es mucho menor al ISR real
  • Deben pagar la diferencia en la declaración anual

La clave es no olvidar reportar los intereses aunque sean de una plataforma digital — el SAT los conoce.

⚠️ Aviso legal: La información de este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y divulgativo. No constituye asesoría fiscal, contable ni legal. Las disposiciones tributarias pueden cambiar; consulta siempre con un profesional antes de tomar decisiones. ¿Necesitas orientación personalizada? Contáctanos aquí.