El AFORE (Administradora de Fondos para el Retiro) es el sistema de ahorro obligatorio para los trabajadores en México. Millones de mexicanos tienen una cuenta AFORE sin entender completamente cómo funciona su tratamiento fiscal: qué está exento, qué es deducible y cuándo sí pagas ISR.
Estructura de tu Cuenta AFORE
Tu cuenta AFORE se compone de tres subcuentas principales:
- Retiro, Cesantía y Vejez (RCV): aportaciones obligatorias del patrón (3.15% del SBC), del gobierno (cuota social) y tuyas (1.125% del SBC)
- Vivienda (INFONAVIT): aportaciones del patrón al INFONAVIT (5% del SBC)
- Aportaciones Voluntarias: depósitos adicionales que tú decides hacer libremente
Cada subcuenta tiene un tratamiento fiscal diferente.
¿Los Rendimientos de la AFORE Pagan ISR?
No mientras permanecen en la cuenta. Los rendimientos que genera tu AFORE (que pueden ser del 5% al 10% anual según la SIEFORE y el período) están exentos de ISR mientras no los retiras. No se acumulan a tus ingresos del año ni generan retención.
Esto es una ventaja fiscal significativa: el dinero crece libre de impuestos durante toda tu vida laboral.
¿Cuándo Sí Pagas ISR por tu AFORE?
El ISR se genera al momento de retirar los fondos:
Retiro por Jubilación (65 años o más)
Si cumples los requisitos de la Ley del Seguro Social (1,250 semanas cotizadas para la Ley 97, o los criterios de la Ley 73) y te pensionas:
- Los pagos mensuales de pensión están exentos de ISR hasta 15 veces la UMA diaria elevada al mes (aproximadamente $46,000-$50,000 mensuales en 2026)
- El excedente sobre esa cantidad sí paga ISR
- Si recibes una pensión moderada, probablemente no pagas nada de ISR
Retiro Anticipado (antes de los 65 años)
Si retiras fondos antes de tiempo por desempleo, incapacidad permanente u otras causas:
- Se aplica una retención provisional del 20% sobre el monto retirado
- La retención puede ajustarse en la declaración anual
- Este retiro es más costoso fiscalmente
Retiro Parcial por Desempleo
Puedes retirar hasta 90 días de salario o el 11.5% de tu saldo (lo que sea menor) después de 46 días desempleado:
- La retención de ISR aplica sobre el monto retirado
- El porcentaje de retención depende de si proviene de aportaciones deducidas o no
Aportaciones Voluntarias: El Mayor Beneficio Fiscal
Las aportaciones voluntarias a tu AFORE son uno de los instrumentos de ahorro con mayor ventaja fiscal en México:
¿Cuánto Puedo Deducir?
Conforme al Artículo 151, fracción V de la Ley del ISR, las aportaciones complementarias de retiro (incluyendo aportaciones voluntarias al AFORE) son deducibles hasta el equivalente al 10% de tus ingresos acumulables del año, sin exceder de 5 UMAs anuales elevadas al año (aproximadamente $180,000-$200,000 en 2026).
Ejemplo:
- Ingresos acumulables del año: $600,000
- 10% = $60,000 → deducible hasta $60,000 en aportaciones voluntarias
- Tu tasa marginal: 30%
- Ahorro fiscal: $18,000 de ISR menos a pagar
Condición: No Retirar Antes de los 65 Años
La deducción solo es definitiva si no retiras las aportaciones antes de los 65 años. Si las retiras anticipadamente:
- El monto retirado se acumula como ingreso en el año del retiro
- Pagas el ISR que te habías "ahorrado" más recargos y actualización
- La "deducción" se convierte en un diferimiento, no en un beneficio permanente
Plan Personal de Retiro (PPR) vs. AFORE: Diferencias Fiscales
| Concepto | AFORE | PPR (Plan Personal de Retiro) |
|---|---|---|
| Deducción aportaciones | ✅ Hasta 10% ingresos (máx 5 UMAs) | ✅ Hasta 10% ingresos (máx 5 UMAs) |
| Deducción compartida | Sí (se comparte el tope) | Sí (mismo tope) |
| Rendimientos | Exentos mientras en cuenta | Exentos mientras en cuenta |
| Retiro anticipado | ISR + penalización | 20% retención flat |
| Regulador | CONSAR | CNSF o CNBV |
Nota: el límite de deducción del 10% / 5 UMAs se aplica en conjunto para AFORE + PPR. No puedes deducir el máximo en ambos por separado.
¿Aparece el AFORE en mi Declaración Anual?
Solo en estos casos:
- Si hiciste aportaciones voluntarias deducibles — debes reportarlas en el apartado de deducciones personales
- Si recibiste un retiro durante el año — debes reportarlo como ingreso
- Si tu pensión mensual supera la exención — la parte gravable debe declararse
Si solo tienes las aportaciones obligatorias y no retiraste nada, el AFORE no aparece en tu declaración anual.