El aguinaldo, el reparto de utilidades (PTU) y el finiquito son tres pagos laborales con reglas fiscales específicas. Muchos trabajadores y empleadores no saben exactamente qué impuestos aplican ni cómo se calculan.
Aguinaldo: Lo Que Debes Saber
La Ley Federal del Trabajo establece un mínimo de 15 días de salario pagaderos antes del 20 de diciembre. El tratamiento fiscal:
- El aguinaldo es parcialmente exento de ISR: los primeros 30 días del salario mínimo están exentos
- El excedente sí paga ISR con una tasa especial para ingresos esporádicos
- Tu empleador debe calcular la retención correctamente y emitir CFDI de nómina
PTU: Reparto de Utilidades
Los trabajadores tienen derecho al 10% de las utilidades fiscales de la empresa, pagadero entre mayo y junio (personas morales) o entre abril y mayo (personas físicas con trabajadores).
- La PTU tiene una exención de 15 días del salario mínimo
- El excedente paga ISR con la misma tasa especial que el aguinaldo
- Desde 2021, el tope máximo de PTU individual es el equivalente a 3 meses de salario o el promedio de los últimos 3 años
Finiquito: Al Terminar la Relación Laboral
El finiquito incluye: días trabajados del último período, vacaciones no gozadas, prima vacacional proporcional, aguinaldo proporcional. Si hay indemnización constitucional (90 días + 20 días por año), una parte puede estar exenta de ISR hasta ciertos límites.
Exención de ISR en Indemnizaciones
La indemnización por separación tiene una exención de hasta 90 veces el salario mínimo anual. El excedente paga ISR, pero con el beneficio de dividirlo entre los años de servicio para calcular la tasa.