Contabilidad para Uber y Didi
Con el auge de nuevas tecnologías, los servicios digitales han florecido en los últimos años en México. Estos servicios comprenden una amplia gama de soluciones, pero en este artículo nos enfocaremos a las nuevas soluciones de transporte. Actualmente, muchos usuarios que laboran utilizando plataformas como DIDI y UBER, tienen la duda de cómo llevar su contabilidad, y sobre todo las deducciones.
El primero de enero del año en curso, hubo un cambio en las retenciones de ISR para las plataformas tecnológicas antes mencionadas. Se establece que tanto UBER como DIDI o plataformas tecnologías similares, deberán retener a los socios directamente una parte de IVA e ISR. Las retenciones deben ser del 50 por ciento del IVA pagado al conductor (8%) y de ISR el 2.1 por ciento.
¿En qué régimen me doy de alta?
Se debe dar de alta en el Régimen de Personas Físicas con Actividades Empresariales, en la actividad de Servicio de transporte terrestre de pasajeros a través de una plataforma tecnológica.
¿Cuáles son mis obligaciones?
Se deben prestar las declaraciones mensuales de ISR, IVA, realizar la DIOT y la declaración anual de ISR.
Para aplicar a la opción de retenciones definitiva y de esta forma exentar las declaraciones provisionales, deberá no exceder en sus ingresos brutos el monto de $300,000.00 pesos anuales. Tambien, no puede tener ingresos derivados de otras actividades económicas, como por ejemplo sueldos y salarios.
Sobre las deducciones
No existe un listado de deducciones específicas para la actividad, siempre se deberá tomar en cuenta la naturaleza del negocio. No obstante, se pueden considerar las siguientes:
- Refaccione y reparaciones del vehículo.
- Gasolina.
- Servicio de Contabilidad.
- Teléfono.
- Seguro.
- Entre otras.
Este artículo no debe considerarse una asesoría completa en particular, cada caso se revisa de manera individual para proporcionar el mejor consejo.
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